
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) incorporó requisitos para la inversión en fondos mutuos, con el objetivo de que las recomendaciones y orientación de esas empresas sean adecuadas para el perfil de riesgo de cada cliente.
Uno de los principales cambios es que las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos (SAFM) podrán brindar asesoría a los partícipes si es que previamente realizan una evaluación del perfil de riesgo del potencial inversionista.
Este análisis deberá considerar no solo cuánto riesgo está dispuesto a asumir el cliente, sino también su situación financiera y capacidad para afrontar eventuales pérdidas. A ello se suman sus conocimientos y experiencia en inversiones, objetivos, horizonte de inversión (plazo) y tolerancia al riesgo.
Lo relevante es que se permitirá dar asesorías a los participantes, pues actualmente las sociedades administradoras solo gestionan los fondos mutuos, indicó a Gestión Rolando Luna Victoria, gerente de inversiones de fondos mutuos de Faro Capital.
Información
El cambio contribuirá a ordenar y formalizar una práctica –asesoría– que ese mercado ya aplica, pues hoy se usan cuestionarios para conocer algunas características de los clientes.
Luis Miguel Garrido, asociado senior del área financiera y corporativa de Rubio Leguía Normand, calificó como positivo que la evaluación incorpore de forma más objetiva información sobre la situación financiera del cliente.
“Esto permitiría contar con información homogénea del partícipe y facilitará que pueda ampliar o cambiar sus alternativas de inversión, en caso desee hacerlo, bajo estándares similares”, añadió.
Responsabilidad
En esa línea, la administradora, agente colocador o distribuidor del fondo mutuo deberá sustentar por qué las características del fondo se ajustan al perfil del cliente. Si este decide invertir en un producto que no corresponde a su perfil, deberá ser advertido expresamente y dejarse constancia de ello, refiere el reglamento.
El inversionista, por su parte, será responsable de la veracidad de la información que proporcione para elaborar su perfil y deberá recibir el documento correspondiente antes de la asesoría, agrega.
Luna Victoria destacó la importancia de este procedimiento ante escenarios de alta volatilidad en los mercados. “Un inversionista puede señalar inicialmente que está dispuesto a asumir determinado nivel de riesgo, pero modificar su comportamiento cuando enfrenta una crisis y observa pérdidas en su cartera”, advirtió.
Asimismo, una persona puede contar con conocimientos suficientes para invertir, pero no necesariamente tener la tolerancia o capacidad financiera para soportar una caída importante del mercado, acotó. La decisión final seguirá en manos del cliente, precisó.

Masificación
Los fondos mutuos administraban a julio un patrimonio de S/ 64,388 millones de 526,711 partícipes. Un año antes, 456, 000 inversionistas tenían S/ 54,786 millones en este mercado.
La superintendencia toma medidas de precaución ante la masificación de este producto, en un mercado en el que para el cliente es una necesidad inherente ser asesorado, sostuvo el presidente de MC&F e IFEL, Enrique Díaz.
“Hoy, sí hay orientación en los fondos mutuos; es parte del paquete aquí y en cualquier parte del mundo. En la práctica, la asesoría que hacen es como una forma de diferenciarse o puede ser como una asesoría rápida. Pero algo fundamental es la asimetría: en el fondo mutuo el riesgo lo asume la persona que invierte, a diferencia, por ejemplo, de los depósitos bancarios”, manifestó.
“La mayoría no tiene educación financiera suficiente para saber en qué invertirá. Por ello, la orientación, evaluación del perfil, se vuelve un desafío enorme, que se puede apoyar en el uso de la tecnología para facilitar estos procesos”, añadió.

Sin embargo, Díaz consideró que la evaluación financiera de cliente no será sencilla pues dos tercios de la población son independientes sin fuentes regulares de ingreso, y no todos están dispuestos a exponer su patrimonio.
Transparencia
La resolución también eleva las exigencias de transparencia a los fondos. Entre la información que deberá revelarse figura el valor cuota, incluido el correspondiente al cierre del periodo y a la fecha de consulta, así como el valor nominal, el número de cuotas en circulación y el de partícipes.
Además, los fondos deberán informar sobre inversiones realizadas en activos pertenecientes a fondos de oferta privada gestionados por la misma sociedad administradora.
“Si coincide que el producto recomendado es además uno propio (de la administradora), la transparencia permite que el inversionista conozca esa situación y evalúe con más claridad la sugerencia”, manifestó Luna Victoria.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.






