
Desde el 2025, el Grupo Diviso, tanto su sociedad administradora de fondos (Diviso SAF) como su casa de bolsa (Diviso SAB), está incurso en un proceso legal que se ha venido dilatando, ¿cuáles son los hechos?
En su último episodio, la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por Diviso SAF a una medida impuesta a inicios de este año.
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El 26 de enero, la Superintendencia Adjunta de la SMV sancionó a la empresa con la revocación de su autorización de funcionamiento, por haber incurrido en infracciones muy graves.

La sanción se aplicó por efectuar –en los hechos– una oferta pública sin haber previamente inscrito los valores en el Registro Público de Mercado de Valores o haber registrado el prospecto correspondiente, según la superintendencia,
En febrero último, Diviso SAF interpuso un recurso de apelación y solicitó que se revoque la sanción. Poco después, en ese mismo mes, el regulador resolvió calificar el procedimiento como “de alta complejidad”.
Según la SMV, Diviso SAF sabía que se había dirigido una oferta pública –aunque la administradora de fondos sostiene que era privada– a cientos de inversionistas, la mayoría personas naturales.
“Un actuar diligente pudo ser detener la oferta, revisar que los invitados eran exclusivamente inversionistas institucionales, destinar la oferta a entidades financieras y no a personas naturales ahorristas, entre otros. No obstante ello, y a pesar de estar en esfera de control de Diviso SAF, este mantuvo su accionar asumiendo los riesgos y las consecuencias del mismo”, afirma el regulador.
Última instancia
Así, en su reciente resolución, la SMV decidió declarar infundada la interpelación de Diviso SAF y que la vía administrativa se había agotado.
“Agotar la vía administrativa significa que no existe ningún recurso que se pueda interponer ante la SMV. Es la última instancia; no hay nada que hacer, la SMV ya decidió. Diviso SAF solo podría ir al Poder Judicial para que un juez revoque la decisión. Eso significa que la decisión de la SMV ha quedado firme, pero todo acto administrativo puede ser revocado, esa es una posibilidad”, sostuvo Álvaro Castro, socio de Damma Legal Advisors.
Consideró que aunque existe esa posibilidad, es difícil que Diviso SAF consiga una medida cautelar que suspenda la decisión del regulador para operar mientras dure el proceso judicial, por ejemplo, dos años.

Perturbación
“Si hay algo que pedirle a la superintendencia, además de que sea muy profesional y técnica, es la necesidad de que actúe o que dé respuestas mucho más rápidas. Una apelación no puede demorar seis meses”, expresó Ricardo Gallo, presidente de Apefac y gerente general de Inandes.
El ejecutivo aseveró, asimismo, que la situación de Diviso SAF causa perturbación en el mercado financiero local. “A veces, hay falta de ética de los vendedores o asesores de estas empresas (administradoras de fondos) que no explican los pro y contra de las operaciones, solo hablan de lo positivo”, advirtió.
En efecto, según la SMV, se han recogido diversos testimonios de personas, en particular, en Cajamarca, que denunciaron haber sido inducidas a invertir en bonos corporativos de Diviso cuando su interés era un depósito a plazo, por ejemplo.
“Con escrito presentado a la SMV el 23 de octubre de 2024, un denunciante informó que el 10 de junio de 2024, en las oficinas de Financiera Credinka S.A. de Cajamarca, la indujeron a adquirir bonos corporativos de DIC FI (un fondo de inversión). Posteriormente, mediante escrito presentado el 26 de febrero de 2025, formuló denuncia contra Diviso Grupo Financiero S.A. y Diviso SAB, debido a que, según señaló, con información falsa, inexacta y ocultando información la indujeron a adquirir bonos corporativos privados emitidos por DIC FI en las oficinas de Credinka en Cajamarca”, detalla la SMV en los antecedentes que pudo recopilar.
Financiera Credinka, que era parte del Grupo Diviso, fue intervenida en septiembre del 2024 por la SBS por “deterioro acelerado de su solvencia”.
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Recursos pasarán a otro fondo
Según el reglamento de fondos mutuos, el gerente general de Diviso SAF deberá convocar en los próximos 15 días a asamblea de partícipes (de los fondos), evento que deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días útiles contados a partir de la citación, precisó Álvaro Castro, de Damma Legal Advisors.“Para el momento (de la asamblea) los inversionistas tendrían que haber definido a qué sociedad administradora va a pasar su fondo. Obviamente, deberían haberse acercado a otras gestoras”, mencionó.

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.







