
El Poder Judicial (PJ) decidió suspender, tanto el trámite del proceso de amparo y la medida cautelar, que ordenaba la reposición de Delia Espinoza en el cargo de fiscal de la Nación.
El juez constitucional de Lima, Fidel Torres, adoptó esta medida después de que el Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada una medida cautelar solicitada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para suspender los efectos del proceso de amparo presentado por Espinoza contra la mencionada institución, así como también la medida cautelar que disponía su reposición como titular del Ministerio Público.
El juez señaló, mediante una resolución, que el TC es el intérprete supremo de la Constitución, incluso por encima del Poder Judicial en el control constitucional abstracto, y que sus sentencias pueden constituir precedentes obligatorios.
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El magistrado, bajo este argumento, concluyó que, por la relevancia del tema y su impacto, el trámite del amparo de Delia Espinoza se encuentra fuera del ámbito jurisdiccional del juzgado, debido a que el Tribunal Constitucional admitió una demanda competencial de la JNJ contra el Poder Judicial y declaró fundada una medida cautelar que suspende este caso.
“No sería viable su tramitación por la Jurisdicción Constitucional, dado que habiendo invocado en la demanda competencial un claro conflicto entre poderes del Estado (JNJ y Poder Judicial) que ya el máximo intérprete de la Constitución ya se ha pronunciado, conforme lo dispone el artículo 109° de la norma especial", precisó el juez.
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El magistrado precisó que la suspensión del trámite del proceso de amparo de Delia Espinoza se mantendrá vigente hasta que el Tribunal Constitucional emita la sentencia definitiva en el proceso competencial iniciado por la Junta Nacional de Justicia contra el Poder Judicial.









