
El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima informó que los trabajadores del sector privado que acuerden laborar durante los feriados de Semana Santa 2026, específicamente el 2 y 3 de abril (Jueves y Viernes Santo), tienen derecho a percibir una triple remuneración, siempre que no se les otorgue un descanso sustitutorio posterior.
Según explicó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal del gremio empresarial, este pago se encuentra establecido en el Decreto Legislativo 713 y se compone de tres conceptos: la remuneración correspondiente al feriado, el pago por el trabajo realizado ese día y una sobretasa del 100%, lo que equivale a tres remuneraciones diarias.
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El especialista indicó que, por ejemplo, un trabajador con sueldo mensual de S/ 1 500 que labore ambos feriados sin descanso sustitutorio deberá recibir aproximadamente S/ 150 adicionales por cada día trabajado.
Casos especiales a considerar
El representante del gremio precisó que existen algunas situaciones particulares:
- Si el feriado coincide con el descanso semanal del trabajador, solo corresponde el pago por el descanso semanal.
- Si el empleador otorga un descanso sustitutorio en otra fecha, no corresponde el pago de la sobretasa adicional.

Recomendaciones a las empresas
El Centro Legal también recomendó a las empresas:
- Identificar previamente a los trabajadores que laborarán el 2 y 3 de abril.
- Registrar correctamente los días trabajados en la planilla.
- Dejar constancia si se otorgará descanso sustitutorio.
- Informar claramente a los trabajadores sobre la forma de pago para evitar conflictos laborales.
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Finalmente, la entidad señaló que cumplir con estas disposiciones permite aplicar correctamente la normativa laboral y garantizar los derechos de los trabajadores durante los feriados de Semana Santa.








