
El Gobierno declaró el estado de emergencia en 84 distritos de 17 departamentos del país debido a los daños ocasionados por las intensas precipitaciones pluviales registradas en las últimas semanas. La medida tendrá una vigencia de 60 días calendario y permitirá ejecutar acciones inmediatas para atender a la población afectada.
La decisión fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 036-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, y comprende distritos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín y Tacna.
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Según el informe del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), las lluvias han generado afectaciones a la vida y salud de las personas, así como daños en viviendas, infraestructura de transporte, sistemas de riego, centros de salud, colegios y redes de agua y saneamiento, entre otros servicios esenciales.
El documento señala que la magnitud de los daños superó la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales y locales, por lo que se requiere la intervención del Gobierno Nacional para ejecutar medidas urgentes de atención y rehabilitación.
Durante el periodo de emergencia, los gobiernos regionales y municipales involucrados deberán coordinar acciones con el Indeci y diversos sectores del Ejecutivo, entre ellos los ministerios de Salud, Desarrollo Agrario y Riego, Educación, Vivienda, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, Energía y Minas, Mujer y Poblaciones Vulnerables y Desarrollo e Inclusión Social.
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Estas entidades ejecutarán medidas excepcionales e inmediatas destinadas a la atención de la población afectada y a la recuperación de la infraestructura dañada, en función de las necesidades que se identifiquen durante la emergencia.
El decreto también establece que podrán continuar las acciones iniciadas previamente en el marco de otras declaratorias relacionadas con las lluvias.
Asimismo, se detallan los bienes que podrán ser entregados como donación para la atención de los damnificados, entre ellos alimentos, medicamentos, equipos médicos, ropa, carpas, herramientas, maquinaria, generadores eléctricos y materiales de construcción, así como servicios gratuitos de transporte, atención médica y logística.
La implementación de estas medidas se financiará con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
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MEF transfiere recursos para intervenciones ante desastres
En paralelo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de S/ 66 millones 639,820 a favor de 29 municipalidades, con el objetivo de financiar 47 intervenciones priorizadas para la atención de emergencias por desastres naturales.
La medida fue aprobada mediante el Decreto Supremo N.º 035-2026-EF, publicado en El Peruano, y los recursos provienen del presupuesto del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).
El detalle de los montos asignados a cada municipalidad se encuentra en los anexos publicados en la sede digital del MEF. Las entidades beneficiarias deberán aprobar la desagregación de los recursos dentro de los cinco días calendario posteriores a la entrada en vigencia del dispositivo legal.
De acuerdo con la norma, los fondos no podrán ser destinados a fines distintos a los establecidos. Actualmente, el Indeci cuenta con S/ 359 millones 257,869 destinados al financiamiento de actividades e inversiones para la mitigación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción frente a fenómenos naturales o eventos inducidos por la acción humana.








