Los escenarios que se pueden presentar para un trabajador el día de Santa Rosa de Lima. (Foto: GEC)
Los escenarios que se pueden presentar para un trabajador el día de Santa Rosa de Lima. (Foto: GEC)

y coincidirá este año con un domingo, que para muchos trabajadores constituye además su día de descanso semanal obligatorio.

Esta situación suele generar dudas sobre los pagos que corresponden. Al respecto, Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), explicó que, de acuerdo con el Decreto Legislativo 713, Ley de Descansos Remunerados; los trabajadores tienen derecho a percibir su remuneración habitual por el feriado, aun cuando no laboren.

“Cuando el feriado coincide con el descanso semanal obligatorio, no se genera un pago adicional por el solo hecho de la coincidencia de ambas fechas”, precisó.

Esta situación cambia para aquellos trabajadores que sean llamados a laborar ese domingo. Si el empleador otorga posteriormente un descanso sustitutorio, no corresponderá un pago adicional por el feriado laborado.

Los escenarios que se pueden presentar para un trabajador el día de Santa Rosa de Lima. (Foto GEC Archivo Histórico)
Los escenarios que se pueden presentar para un trabajador el día de Santa Rosa de Lima. (Foto GEC Archivo Histórico)

¿Qué pasa si el trabajador labora sin descanso compensatorio?

Si el trabajador presta servicios el 30 de agosto y no recibe descanso compensatorio, tendrá derecho al denominado pago triple: (i) la remuneración por el feriado, (ii) la remuneración por el trabajo realizado, y (iii) una sobretasa equivalente al 100 % de dicha remuneración diaria. En la práctica, ello representa dos remuneraciones diarias adicionales sobre el sueldo habitual.

¿Cómo se calcula?

Por ejemplo, si la remuneración mensual del trabajador es S/ 1,500; y labora el 30 de agosto, sin descanso sustitutorio, el pago por ese día 30 de agosto sería: S/ 50 por ser feriado no laborable (suma que ya viene incluida en la remuneración mensual) y adicionalmente S/ 100 (el doble de S/ 50) por el trabajo realizado, conforme a la norma vigente

LEA TAMBIÉN:

TE PUEDE INTERESAR

Feriados, beneficios tributarios e IR bajo la lupa del Gobierno de Fujimori: así cambiarían
Feriados en Perú: Fujimori solicitará facultades al Congreso para reducir estos días
Reducir los días feriados con el nuevo Congreso será más difícil, ¿por qué?

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.