
La Contraloría General de la República identificó a siete exfuncionarios y exservidores de la Unidad Ejecutora 037 – Perú Seguro 2025 del Ministerio del Interior (Mininter) como presuntos responsables de un perjuicio económico de S/ 574, 830 debido a diversas irregularidades en la implementación del contrato para adquirir cámaras corporales (bodycams) y dispositivos de carga (dockers) destinados a policías de comisarías del programa Barrio Seguro.
El contrato n.° 019-2022/IN/PS2025 contempló la compra de 216 bodycams y tres dockers por S/ 3.1 millones. Sin embargo, el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 035-2025-2-0282-AC reveló que los funcionarios involucrados gestionaron una ampliación de 50 días para el cumplimiento del tercer entregable —instalación y puesta en funcionamiento del sistema— pese a que la solicitud se presentó fuera de plazo y sin sustento válido.
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La Contraloría determinó que se aprobó una ampliación indebida del plazo contractual y no se aplicó la penalidad incurrida por la demora injustificada en la entrega de las prestaciones, liberando al contratista de la aplicación de una penalidad por S/ 310 000.23 en perjuicio del Mininter.
A ello se sumó otro hallazgo: el director ejecutivo, el jefe de administración y el responsable de adquisiciones de Perú Seguro 2025 autorizaron y ejecutaron ocho órdenes de servicio fraccionadas para la instalación de puntos de red, energía y repisas en 75 comisarías. Estos trabajos formaban parte de las obligaciones originales del contratista, según las especificaciones técnicas, por lo que su contratación adicional generó un gasto irregular de S/ 264,830.

En total, las decisiones adoptadas por los siete funcionarios ocasionaron el perjuicio reportado de S/ 574,830. La comisión de control determinó presunta responsabilidad civil para todos los involucrados y responsabilidad administrativa para cinco de ellos.
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El informe también formula siete recomendaciones dirigidas al Ministerio del Interior para mejorar los procesos de decisión y uso de recursos, además de recomendar a la Procuraduría Pública iniciar las acciones civiles correspondientes y al órgano instructor procesar administrativamente a los exservidores implicados.







