SUNAT amplía plazo para que principales contribuyentes adopten el SIRE. (Foto: La Cámara)
SUNAT amplía plazo para que principales contribuyentes adopten el SIRE. (Foto: La Cámara)

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) otorgó un nuevo plazo a un grupo de grandes empresas para que culminen su proceso de adecuación al Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).

Mediante resolución, la entidad postergó la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través de esta plataforma.

Según la Sunat, este grupo concentra un importante volumen de emisión de comprobantes de pago, por lo que requiere un mayor tiempo para implementar las soluciones informáticas necesarias y recibir asistencia durante el proceso de migración.

Con este cambio, la obligación de llevar ambos registros mediante el SIRE ya no empezará en el período junio de 2026, como estaba previsto inicialmente, sino desde el período octubre de este año. Para ello, la resolución modifica las disposiciones contenidas en las resoluciones de superintendencia que regulan el funcionamiento y la incorporación de contribuyentes al sistema.

SUNAT retrasa obligación del SIRE para un grupo de principales contribuyentes |  Foto: Andina.
SUNAT retrasa obligación del SIRE para un grupo de principales contribuyentes | Foto: Andina.
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La administración tributaria explicó que el objetivo de la postergación es facilitar la implementación del SIRE entre los contribuyentes comprendidos en esta etapa, permitiendo que el proceso de adecuación tecnológica se realice de manera gradual y con el soporte correspondiente.

Asimismo, la norma amplía hasta septiembre de 2026 la posibilidad de que los contribuyentes que aún no se encuentren obligados a utilizar el SIRE continúen llevando el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras mediante el Sistema de Libros Electrónicos (SLE-PLE o SLE-Portal), conforme a las reglas vigentes.

La resolución también incorpora una disposición excepcional para aquellas empresas que ya habían cerrado sus registros en el SLE-PLE con el propósito de migrar al SIRE antes de la publicación de esta norma. En esos casos, podrán continuar utilizando el SLE-PLE hasta setiembre de 2026, siempre que todavía no hayan generado dichos registros mediante el SIRE y cumplan con las condiciones técnicas establecidas por la Sunat

La Resolución de Superintendencia N.° 000125-2026/SUNAT entrará en vigencia el 1 de julio de 2026.

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