
La ley del crédito suplementario, que se oficializó el último domingo, no solo liberó S/ 4,160.3 millones para el Estado, sino que incluyó cambios no menores para nuevos proyectos de Asociaciones Público-Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA), así como sus potenciales adendas.
Así lo plantea una de las disposiciones complementarias de la ley del crédito suplementario, sin mayor explicación ni motivo, lo que ha sido producto de crítica de parte de expertos consultados.
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Fuera de la estructuración
En la ley del crédito suplementario, la trigésima quinta disposición complementaria final introduce cambios a la Ley 32441, norma que rige las APP y PA en Perú y que solo tiene poco más de seis meses de vigencia total.
Mediante este apartado, el Congreso retiró la facultad de los organismos reguladores de participar en las fases de estructuración y transacción de esta clase de proyectos, como son la Línea 2 del Metro de Lima, los aeropuertos concesionados, incluido el Jorge Chávez o el Parque Industrial de Ancón, entre otros.

“Lo dispuesto en el párrafo precedente no afecta las competencias de supervisión, fiscalización y regulación que los organismos reguladores ejercen durante la ejecución y vigencia de los contratos suscritos al amparo de la citada ley, las cuales se mantienen plenamente vigentes conforme a sus respectivas leyes orgánicas y normas sectoriales aplicables”, indica la ley del crédito suplementario.
La salida de los reguladores de este proceso también contempla su reemplazo. Según lo que planteó el Congreso, ahora, serán las entidades públicas titulares las que sustenten los aspectos referidos al régimen tarifario, de acceso y niveles de servicio. Esto aplica para todas las APP y PA nuevas que se adjudiquen en adelante, así como sus adendas.
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Impacto por medir
A consideración de expertos consultados, no existe consenso total respecto al efecto que podrá tener esta decisión. Por un lado, la interpretación que algunos le dan sugiere que sigue la tendencia reciente.
En ese sentido, Juan José Cárdenas, socio experto en infraestructura de Damma Legal Advisors, aclaró que esta modificación nueva no implica que los reguladores no vean más asuntos tarifarios, solo que no serán quienes fijen los valores iniciales.
“Por ejemplo, en el caso de los aeropuertos, el contrato fija unas tarifas iniciales, que justifican que una APP sea cofinanciada o autofinanciada. Eso lo decidirá ahora solo el concedente (ministerios, ProInversión, gobiernos subnacionales). Las revisiones posteriores las hace el regulador. Eso no cambia”, aseguró.
Agregó que existe un exceso de entidades que participan en el ciclo APP, que incluía a los reguladores, con lo que este cambio busca agilizar ese proceso. “En lugar de generar responsabilidad, al contrario, las diluye. Cuando todos opinan, nadie es responsable al final”, lamentó.

Así lo ve Jaime Li, Líder del Área de Promoción de la Inversiones Público-Privadas en TYTL Abogados. “Se pueden dejar problemas para después y luego ver de quién es la culpa. En el medio, el Estado se pelea con el privado y aparece el gasto público que demandaría un arbitraje. La experiencia de los técnicos del regulador es muy distinta al personal ministerial para analizar tarifas. Hay visiones distintas para justificar sus opiniones”, planteó.
Esta postura es la misma que la Federación Nacional de Sindicatos de Organismos Reguladores (Fenasor) expuso cuando el crédito suplementario aún se debatía en el Congreso, citando un ejemplo.
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Inclusión sin detalle
En lo que sí están de acuerdo los expertos, incluyendo los dos que consultó Gestión para esta nota, es en cuestionar la forma en la que se aprobó ese cambio trascendental para los reguladores.
De acuerdo a Li y Cárdenas, este camino de aprobación no permite contar, como sí pasaría en un proyecto de ley regular, con una explicación que justifique la modificación a la ley APP, que no tiene ni un año de vigencia.
“No es la forma correcta. ¿Por qué la opinión de un regulador no sería importante en las adendas? Eso pudo estar en una exposición de motivos", cuestionó Li.
“Estoy de acuerdo con el cambio, pero no con la forma. No está bien cambiarla con tan poca vigencia dentro de otra norma suelta. Pudo incluirse en la ley APP inicial, el Congreso también la aprobó”, criticó Cárdenas.

Periodista económico con más de 5 años de experiencia en el rubro. Conductor de "En Clave Económica" de Diario Gestión en YouTube. Licenciado en Comunicaciones por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Cubro temas vinculados a proyectos de inversión público y privada en más de una modalidad y hago seguimiento a diversos sectores económicos.







