
Tras una reciente promulgación de la ley N° 32581, que eleva las pensiones de maestros jubilados y cesantes a S/ 3,300, ahora el Congreso de la República busca aplicar una medida similar a los docentes de universidades públicas. Así, se podría abrir paso a un nuevo golpe a las cuentas fiscales del Perú.
La propuesta legislativa apunta a establecer criterios para una “pensión digna” para docentes universitarios cesantes y jubilados del sector público, considerando la trayectoria profesional de estos educadores.
Según el planteamiento del proyecto, el objetivo es corregir una brecha existente entre los aportes realizados durante la vida laboral y el monto que finalmente reciben al jubilarse pues el sistema previsional vigente no ha sido diseñado tomando en cuenta las particularidades de la carrera docente universitaria.
“Siguiendo la línea ya iniciada por la Ley N° 32581, se plantea ahora extender este enfoque hacia el ámbito universitario, cerrando una brecha que hoy resulta evidente”, indica la justificación del proyecto.

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¿Cómo se calcularía?
Si bien el objetivo es que la pensión del docente universitario se determine bajo criterios de equidad, se indica que este cambio no implicaría una nivelación automática con los sueldos de docentes que continúen en actividad.
Para el cálculo de las pensiones se tomará como base la remuneración de la primera categoría de la carrera docente universitaria, es decir, la de un docente auxiliar.
Además, el monto de la pensión se determinaría de manera progresiva, tomando en cuenta factores como los años de servicio, el nivel de aportes realizados y el tipo de dedicación laboral, ya sea a tiempo completo o parcial.
Aplicación gradual
El proyecto también establece que la implementación de estos cambios sería progresiva y dependería de la disponibilidad presupuestal. Para ello, se encargarían estudios técnicos y actuariales al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en coordinación con el Ministerio de Educación (Minedu).
La medida sería aplicable para los docentes universitarios cesantes y jubilados de universidades públicas licenciadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), comprendidos en los regímenes previsionales de los decretos ley 19990 y 20530, así como del Sistema Privado de Pensiones.









