
Esta medida, que fue oficializada en abril, está vigente desde el pasado 1 de mayo del 2026 y regirá hasta el 30 de abril de 2030, en cumplimiento del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
En un comunicado el ministerio explicó que las horas de regulación constituyen un parámetro técnico clave para la determinación de la Potencia Firme de las centrales hidroeléctricas que cuentan con embalses de regulación horaria.
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Este indicador permite identificar las horas del día en que el sistema eléctrico presenta mayores niveles de exigencia operativa, debido a una alta demanda de electricidad y menor disponibilidad de generación renovable.
“La fijación de las Horas de Regulación en 7 horas para el período 2026–2030 no es una decisión arbitraria, sino el resultado de un análisis técnico sólido, transparente y alineado con la realidad del sistema eléctrico peruano”, destacó Adrián Zapata Sernaqué, director general de Electricidad.
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“Estas centrales permiten almacenar energía en horas de menor demanda y liberarla en los momentos de mayor exigencia, protegiendo así la confiabilidad del suministro eléctrico”, precisó.
Asimismo, señaló que esta Resolución Ministerial (R.M.) garantiza que el mecanismo de Potencia Firme continúe incentivando la disponibilidad de generación gestionable, lo que se traduce en mayor seguridad energética para todos los peruanos.
“Desde la Dirección General de Electricidad, reafirmamos nuestro compromiso con una regulación basada en evidencia técnica y orientada al bienestar de los usuarios del servicio eléctrico y a la sostenibilidad del sistema”, dijo.







