
En Perú una de cada cuatro empresas monitorea las publicaciones en redes sociales de sus trabajadores, según revela una encuesta realizada a profesionales de recursos humanos. El estudio ‘Redes Sociales y Empleo’ fue elaborado por el portal laboral Bumeran, junto a Hiring Room, software de reclutamiento.
Otro de los datos que arrojó el citado estudio es que el 70% de los especialistas en recursos humanos indicó que las publicaciones realizadas por los talentos en redes sociales podrían afectar sus posiciones en las organizaciones.
“Hoy todo lo que exhibes en redes sociales puede repercutir en tu vida profesional. Si hay una publicación subida de tono, que afecte a la imagen o cultura de la organización, ello puede desencadenar en un despido”, subrayó Diego Tala, director comercial de Bumeran.com.pe en Jobint.
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El ejecutivo agregó que el monitoreo de redes sociales es mayor en los trabajadores con cargos de mayor responsabilidad, como una jefatura o gerencia.
“En un mercado laboral tan competitivo, la gestión estratégica de la presencia en línea ya no es opcional, sino un factor clave para proteger la carrera y generar nuevas oportunidades”, resaltó Diego Tala.
¿En qué casos una publicación en redes sociales de un trabajador podría llevar a su despido?
Al respecto, Daniel de la Vega, socio y líder del área laboral del estudio Dentons, refirió que un trabajador no puede ser despedido por toda publicación controversial, sino solo por la que tenga un impacto en el ámbito laboral.
Así, refiere que la normativa laboral establece que es falta grave injuriar o calumniar a otro trabajador o a la empresa. “Si bien existe libertad de expresión, ello tiene un límite. Cualquier expresión que afecte la reputación, el honor o imagen de otro colaborador o de la empresa puede ser materia de sanción”, remarcó.
Si bien no existe una normativa específica sobre el uso de redes sociales, una publicación cuestionable por estos medios de comunicación se enmarca dentro del ámbito de las faltas laborales graves.
“La norma no dice que la falta de palabra esté en un medio específico. Sino que el análisis se hace respecto a la afectación a la persona o a la empresa, cualquiera sea el medio”, anotó Daniel de la Vega.
Por otro lado, publicaciones controversiales en redes sociales referidas a otros temas, como política o religión, no deberían ser sancionados por el empleador. “Esas posiciones no se sancionan, pues no afectan directamente a la empresa u otro trabajador”, anotó el especialista.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.








