
El Gobierno de Perú aprobó el Decreto Supremo N°117 para declarar en Estado de Emergencia a los distritos de Villa El Salvador y de Villa María del Triunfo, en el sur de Lima, por el impacto de daños a consecuencia de aniegos por lluvias persistentes.
Hay que recordar que hace casi una semana, el ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Mauricio Arnillas, anunció que Villa El Salvador sería declarado en emergencia debido a las inundaciones y al colapso del sistema de alcantarillado ocasionados por las intensas lluvias registradas.
Tal declaratoria se dicta por el plazo de 60 días calendario, para permitir la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación que correspondan.
El decreto supremo dispone que se aplique la norma que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales.
Así, los bienes cuya donación se encuentran comprendidos en los alcances de la referida ley, en virtud al estado de emergencia declarado por este dispositivo, son los siguientes:
- Material médico y medicamentos
- Bloqueadores solares
- Vacunas, equipos médicos y/o afines
- Repelentes de insectos
- Alimentos y bebidas
- Prendas de vestir, textiles para abrigo, calzado y toallas
- Colchones de espuma gruesa
- Botas y botas de jebe, ponchos e inpermeables livianos
- Menaje de cocinas semiindustriales
- Útiles de aseo personal y limpieza
- Toallas higiénicas y pañales para adultos
- Maquinaria y equipo
- Silbatos, pilas, baterías
- Generadores eléctricos, combustibles
- Artículos y materiales de construcción
- Plantas de tratamiento, potabilizadoras de agua
- Radios a transistores, baterías y artículos de plástico
- Motobombas, hidrojets, sacos de polietileno
- Puentes provisionales y/o definitivos
- Elementos de puentes modulares
- Alcantarillas
- Maquinaria pesada, volquetes tractores
- Trailer cama baja y cualquier otro necesario para atender a la población afectada
Las acciones a ejecutar antes mencionadas estarán a cargo de distintas entidades públicas, entre ellas la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y los gobiernos locales de los distritos antes citados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).

Asimismo, participarán los ministerios de Salud; Educación; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Ambiente; Transportes y Comunicaciones; Interior; Defensa; Energía y Minas; De la Mujer; de Trabajo; entre otras entidades públicas y privadas involucradas.
Ellos ejecutarán las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en estudios técnicos de los entes competentes.
La implementación de las acciones previstas se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.







