
Las zapatillas chinas quedaron “libres”. La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) decidió revocar la imposición de derechos antidumping definitivos sobre la importación de zapatillas chinas al no contarse con sustento suficiente para mantener el impuesto.
A través de la Resolución 0292-2025/SDC-INDECOPI, se dejó sin efecto el impuesto adicional que se aplicaba desde mediados de 2024 a la comercialización de “zapatillas con parte superior de material textil” procedentes de China.
La revisión de este impuesto se dio tras apelaciones presentadas por varias empresas comercializadoras e importadoras como Supermercados Peruanos y Tiendas Peruanas.

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Según indicaron en la resolución, el tribunal determinó que la investigación iniciada por la Comisión de Dumping no estuvo debidamente justificada pues no se presentaron pruebas suficientes que demostraran que el caso fuera de interés nacional ni que tuviera impacto económico en el sector productivo.
“Los elementos invocados por la primera instancia no resultan suficientes para determinar la existencia de una circunstancia especial que habilitara el inicio de esta investigación sin una solicitud de la rama de producción nacional, conforme lo exige el Acuerdo Antidumping y el Reglamento Antidumping”, indicaron.
Como se recuerda, los derechos antidumping se aplican como una medida de defensa comercial para proteger la producción nacional frente a importaciones que se vendan a precios presuntamente más bajos que su valor en el mercado.
La sala del Indecopi también identificó inconsistencias en el análisis presentado. Si bien se reconocía que el segmento donde compiten las importaciones y la producción local es el de zapatillas con precios de entre US$ 1 y US$ 7, este criterio no se aplicó de forma coherente en el estudio.
Al revisar la información bajo el mencionado rango de precios, se encontró que el volumen de zapatillas chinas importadas al Perú en realidad disminuyó un 21.79% entre 2019 y 2022. Es decir, no habría una invasión masiva de estos productos procedentes de China.
Asimismo, se determinó que los problemas económicos de los fabricantes locales no son responsabilidad directa de las importaciones chinas pues el deterioro de la industria nacional coincidió con las restricciones comerciales derivadas de la pandemia de Covid-19 y una fuerte caída en la demanda interna.
Por ello, al encontrarse una relación entre el ingreso de los productos investigados y la situación de las empresas peruanas, se resolvió suprimir los derechos antidumping.








