
A la larga lista de iniciativas legales desde el Congreso que traban la minería formal -desde las que buscan caducar las concesiones mineras “improductivas” hasta las que prorrogan la vigencia del REINFO-, se suma ahora una propuesta que plantea afectar las concesiones dadas en áreas naturales protegidas.
Otra vez, el grupo parlamentario Juntos por el Perú-Voces del Pueblo-Bloque Magisterial (uno de los principales promotores de las iniciativas antes mencionadas), es autor de este nuevo proyecto legal.
Este plantea una ley que tiene por objeto declarar la nulidad de todas las concesiones mineras, petitorios y cualquier derecho minero otorgado dentro de las Áreas Naturales Protegidas (ANP) de uso indirecto.
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¿En qué casos se aplicaría la nulidad?
La nulidad se aplica a todas las concesiones y petitorios mineros otorgados antes o después de la creación o categorización de las Áreas Naturales Protegidas - ANP de uso indirecto.
En las ANP de uso directo, las concesiones no quedan anuladas por esta Ley; sin embargo, deberán ser evaluadas y fiscalizadas a fin de determinar su compatibilidad con los objetivos del área.
No obstante, refiere que la autoridad competente podrá recomendar su cancelación si se verifica incompatibilidad ambiental, afectación al área o incumplimiento del Plan Maestro.
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Fiscalización de las concesiones
Asimismo, dispone la fiscalización, revisión técnica y evaluación de compatibilidad ambiental de todas las concesiones mineras ubicadas en ANP de uso directo, a cargo del SERNANP y el Ministerio de Energía y Minas (Minem), para determinar si cumplen con los objetivos de conservación establecidos en los respectivos Planes Maestros.
Señala que el SERNANP, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y el Minam, en plazo de 90 días, elaboran un informe técnico-legal sobre el estado de las concesiones mineras existentes en ANP de uso directo.
Ello, incluyendo la compatibilidad o incompatibilidad con los objetivos de conservación, el cumplimiento del Plan Maestro del área protegida y las medidas correctivas y propuestas de cancelación cuando corresponda.
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El Perú cuenta con 76 Áreas Naturales Protegidas (ANP) de administración nacional, creadas para proteger ecosistemas estratégicos, glaciares tropicales, cabeceras de cuenca, lagunas altoandinas y una biodiversidad única en el continente.
De acuerdo con la Ley N.º 26834, estas áreas se dividen en Áreas de Uso Indirecto, donde la extracción de recursos naturales está completamente prohibida, y Áreas de Uso Directo, donde solo pueden desarrollarse actividades compatibles con los objetivos de conservación y bajo estricto control del Estado.
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