
Perú está a un paso de declarar el mercado de comercialización de combustible en emergencia. ¿Qué llevó al Gobierno a tomar esta decisión?
El viceministro de Hidrocarburos, Marco Agama Rodriguez, recordó que en el Perú las actividad y precios relacionados con el petróleo, crudo y productos derivados, se rigen por la oferta y la demanda.
En ese sentido, mencionó: “Hemos tenido un tema exógeno. Desde el 26 de febrero, cuando se inició la guerra en el Medio Oriente [...] y se dio el problema en el estrecho de Ormuz, empezó un incremento de precios [en el mundo] que no se pudo controlar [...] De hecho, no es solo el precio del barril lo que empieza a encarecer el combustible. Al existir un flujo de barcos con mayor riesgo, las primas de seguros de los barcos se han ido al 1,000%″.
Hay que recordar que Perú es un país importador de crudo, por lo que una variación en las cotizaciones internacionales cambia completamente el panorama. El país consume, en promedio, un equivalente a 240 mil barriles de crudo por día, pero producimos entre 30 mil a 40 mil barriles diarios.

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En este contexto, el viceministro, en línea con lo que ha informado Gestión, comentó que en febrero, por ejemplo, el galón de diésel costaba S/ 8.32 y en mayo subió hasta S/ 14.18. “Es decir, vemos un incremento del diésel en 70%. Además, de gasoholes en 78% y del GLP, que también importamos, en 43% que también importamos”, expresó Agama Rodriguez.
Sin embargo, se le vio algo optimista pues en los últimos días, argumentó, la cotización internacional del combustible, aunque con vaivenes, registra una ligera tendencia a la baja: “Esperamos y confiamos que esa tendencia continue y muchos de los problemas [en Perú, vinculados al alza del combustible] se resuelvan. Pero, dependemos de una externalidad. Nosotros no fijamos [este precio], es nuestra gran dependencia del petróleo importado”.
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Así será el decreto supremo
Con todo lo mencionado, el representante del Ministerio de Energía y Minas (Minem), refirió que desde la cartera avanzaban en un decreto supremo (DS) para declarar en estado de emergencia el mercado de comercialización de combustible a nivel nacional y establecer una lista de bienes esenciales (diésel B5, gasolinas, gasoholes y GLP) para asegurar el abastecimiento energético.
Si bien esto se mantendrá, la responsabilidad de promulgar el DS ya no recaerá en el Minem, sino en la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM).
Esto se da porque el decreto tendrá relación directa con el accionar de dos entidades vinculadas al control y que están adscritas a la PCM.
Estas son el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi): el regulador presenta la información detallada de los precios de toda la cadena de comercialización de combustible y el instituto investiga, fiscaliza y sanciona ante cualquier conducta o presunta conducta especulativa o acaparamiento.
“Qué buscábamos con este decreto supremo: una protección y defensa al consumidor ante la especulación de precios y acaparamiento del producto, y garantizar el abastecimiento de combustibles en el país”, explicó el viceministro.
El representante del Minem aclaró que, dado que se vinculará a Osinergmin e Indecopi, el DS al final saldrá justamente desde PCM y ya no desde la cartera de Energía y Minas como estaba previsto al inicio.
“Ya hemos remitido toda la información a la PCM. Está activa para promulgar este decreto supremo de emergencia, que debe materializarse en los días siguientes. Como menciono, saldrá de la PCM con las cláusulas que va a vincular en las acciones tanto de Osingermin e Indecopi”, apuntó.







