El dispositivo precisa que el aumento se aplicará respetando el tope máximo permitido. Foto: Banco de la Nación.
El dispositivo precisa que el aumento se aplicará respetando el tope máximo permitido. Foto: Banco de la Nación.

El Gobierno oficializó el reajuste de las pensiones correspondientes al régimen del Decreto Ley N.º 20530 para los a más que perciban ingresos anualizados iguales o menores a 28 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). La actualización entrará en vigencia desde enero de 2026.

Según la norma publicada, el incremento será de S/ 30 mensuales y alcanzará a quienes hayan cumplido 65 años al 31 de diciembre de 2025 y se encuentren dentro del límite de ingresos establecido.

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El dispositivo precisa que el aumento se aplicará respetando el tope máximo permitido. Es decir, tras el reajuste, el total anual percibido —incluyendo pensiones principales, adicionales, gratificaciones, aguinaldos, bonificación por escolaridad u otros conceptos— no podrá exceder el equivalente a 28 UIT.

En los casos en que el beneficiario reciba más de una , el reajuste se efectuará únicamente sobre la de mayor monto, conforme al marco legal vigente.

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La actualización de los nuevos importes estará a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, que realizará el registro de oficio en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

El régimen 20530, que comprende a exservidores públicos bajo el sistema denominado “cédula viva”, continúa siendo administrado bajo criterios de control fiscal y límites presupuestales definidos por el Ejecutivo.

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