
Cada mes de julio, las calles del país se tiñen de rojo y blanco para conmemorar las Fiestas Patrias. Sin embargo, una duda se repite entre muchos ciudadanos: ¿es obligatorio colocar la bandera del Perú en la fachada de las viviendas? ¿Existe una multa para quienes no lo hagan?
Aunque esta tradición forma parte de las celebraciones por la Independencia del Perú, no todos conocen qué dice realmente la norma sobre el uso de la bandera.
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¿Es obligatorio colocar la bandera?
En el caso de las instituciones públicas, entidades del Estado, colegios, municipalidades y establecimientos oficiales, sí existe la obligación de izar la bandera nacional durante las Fiestas Patrias, conforme a las disposiciones vigentes sobre los símbolos patrios.
En cambio, para las viviendas particulares, algunas municipales emiten ordenanzas que promueven o disponen el embanderamiento del distrito durante el mes de julio.

¿Pueden multarme?
Sí, pero solo en determinados casos. Si una municipalidad ha aprobado una ordenanza que establece el embanderamiento obligatorio dentro de su jurisdicción, el incumplimiento podría dar lugar a una sanción administrativa o multa, siempre que dicha medida esté contemplada en la normativa local.
Las multas pueden ir desde el 10% hasta el 20% de la UIT, e incluso ser mayores en casos específicos, según la jurisdicción y el tipo de infracción. Por ello, es importante revisar la ordenanza vigente de la municipalidad donde se encuentra el inmueble antes de asumir que existe o no una sanción.
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Por ejemplo, en el Centro Histórico de Lima la multa es de S/ 1,375, mientras que en el resto del Cercado de Lima (fuera del Centro Histórico), la multa es de S/ 550.
Asimismo, por el uso inapropiado de la bandera, alterando su diseño original de forma ofensiva, la multa es de S/ 5,500.
El uso correcto de la bandera
Más allá de la obligación, las autoridades recuerdan que la bandera nacional debe ser utilizada con respeto y en buen estado de conservación. No debe exhibirse rota, descolorida o sucia, ni emplearse con fines que desvirtúen su condición de símbolo patrio.
Las banderas deben usarse sin escudo. Solo las instituciones públicas pueden emplear el pabellón nacional con el escudo en el centro y deberá ser puesta obligatoriamente los días 27, 28, 29 y 30 de julio.







