
Minutos antes de que se publicara la resolución viceministerial que estipula las clases virtuales hasta el 14 de marzo en Lima Metropolitana y el Callao, la titular de la PCM, Denisse Miralles, defendió la medida cuestionada por diversos sectores.
“Este gobierno está tratando de ser preventivos. El 16 de marzo regresan a clase los colegios públicos pero queremos asegurar que no haya presión. Debemos de reducir el consumo de combustible en la ciudad”, expresó Miralles en Latina.
Recordó que no es solo es una medida de clases virtuales, pues también se está impulsando el trabajo remoto. “Debemos reducir el tránsito en la ciudad para que haya menos consumo de combustible”, expresó.
Lo que sí dejó en claro la premier es que se trata de una medida obligatoria para los colegios particulares, aunque indicó que también se han contemplado excepciones.
“Ya debe estar publicada la resolución viceministerial que declara la obligatoriedad de tener las clases virtuales. Es obligatorio, no se están suspendiendo las clases, las clases tienen que darle en la modalidad virtual”, afirmó.
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¿Qué dice la resolución viceministerial ?
La Resolución Viceministerial 033-2026 del ministerio de Educación señala que se establece de manera excepcional y temporal, que la prestación del servicio educativo de las instituciones educativas públicas y privadas ubicadas en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao se realice en modalidad remota, hasta el 14 de marzo de 2026.
Ello en atención a la vigencia de la emergencia declarada por la Resolución Viceministerial N. 004-2026-MINEM-VMH, con la finalidad de asegurar la continuidad del servicio educativo frente a la contingencia
Añade que las instituciones educativas públicas y privadas comprendidas en el ámbito de la presente Resolución deben adoptar las acciones de gestión y de comunicación necesarias para garantizar la continuidad del servicio educativo mediante el uso de plataformas digitales u otros mecanismos de educacita distancia que permitan el desarrollo de las actividades académicas.
ADemás, señala que las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, en el ámbito de sus competencias, brindan asistencia, orientaciones.
Estipula que las instituciones educativas públicas y privadas comprendidas en el ámbito de la presente Resolución deberán comunicar oportunamente a las madres, padres de familia o apoderados la implementación de la modalidad remota temporal y las medidas adoptadas para asegurar la continuidad del servicio educativo.
¿Cuáles son las excepciones para que no hagan clases remoto ?
La resolución indica que excepcionalmente, las instituciones educativas públicas y privadas comprendidas en el ámbito de la resolución que no cuenten con plataformas digitales, conectividad u otros medios que permitan implementar la modalidad remota, quedan exceptuadas de lo dispuesto.
“La aplicación de esta excepción debe ser comunicada a la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente, así como a las madres, padres de familia o apoderados, y tiene carácter estrictamente excepcional”, apuntó.










