El expresidente Ollanta Humala y la exprimera dama, Nadine Heredia, sufrieron un revés en el Tribunal Constitucional (TC), que complica su situación en medio del juicio oral que afrontan por el presunto delito de lavado de activos, a raíz del caso Odebrecht.
El organismo constitucional rechazó la solicitud de la expareja presidencial para que se descarte como prueba en dicho juicio oral las agendas de la exprimera dama, en las que se habrían registrado anotaciones con supuestos pagos de dinero con fondos ilícitos durante la campaña presidencial del año 2011.
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Según informó el diario El Comercio, en el fallo del TC, emitido el pasado 21 de noviembre, los magistrados determinaron que no se podían pronunciar sobre una supuesta ilegalidad en las pruebas cuando eso corresponde hacerlo al Poder Judicial en una sentencia que todavía está en trámite.
“Este TC considera que es prematuro cuestionar los medios probatorios alegados por los demandantes, porque todavía existe un proceso penal en curso, en el que se va a tramitar un juicio oral con la posibilidad de contradecir los medios probatorios admitidos”, se lee en el documento.
En ese sentido, precisaron que será el órgano jurisdiccional el que sustente las razones de su decisión, y recién ahí se podrá verificar si las agendas de la exprimera dama fueron decisivas como para invalidarlas.
Los cuatro integrantes del TC que votaron a favor de rechazar la demanda de Humala y Heredia son Luz Pacheco, presidenta de la institución, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse y Pedro Hernández, mientras que Helder Domínguez, César Ochoa y Manuel Monteagudo emitieron votos singulares.
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La postura de Humala y Heredia
En su demanda, la expareja presidencial criticó que se use dichas agendas en el juicio oral al denunciar que fueron sustraídas de manera irregular, por lo que pidieron rechazar las decisiones judiciales que revirtieron la sentencia admitida en primera instancia por el juez Richard Concepción Carhuancho, quien acogió su petitorio.
Ambos consideraron que hay una supuesta vulneración a los derechos de inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados, y a la intimidad personal y familiar, así como a la prueba, entre otros.
Según dijo, el texto contenido en dichas libretas solo reflejan sus “expectativas”, pero que están fuera del alcance de las campañas.
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