
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente el pedido presentado por Acción Popular para revertir la anulación de sus elecciones primarias, confirmando así que la organización política no participará en las Elecciones Generales de 2026. La resolución también dispone el archivo definitivo del expediente.
De acuerdo con el pronunciamiento del máximo tribunal electoral, la solicitud del partido resulta inviable debido a que la decisión adoptada previamente sobre sus comicios internos tiene carácter definitivo y constituye “cosa juzgada” en materia electoral, por lo que no puede ser revisada por ninguna otra vía.
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Cabe recordar que el pasado 11 de diciembre el JNE anuló las elecciones primarias de Acción Popular tras detectar “vicios sustanciales” que vulneraron los principios de democracia interna y el debido proceso. Dichas irregularidades estuvieron vinculadas a la elección de delegados que participaron en la votación interna realizada el 7 de diciembre.
En esos comicios, Alfredo Barnechea fue elegido candidato presidencial del partido; sin embargo, el JNE advirtió que varios de los delegados que emitieron su voto no habrían sido previamente elegidos por la militancia, lo que configuraría un presunto fraude en el proceso interno.
Frente a esta situación, Fernando Arias-Stella, personero legal de Acción Popular, junto con José Abad, secretario general nacional del partido, solicitaron la nulidad de la resolución que dejó sin efecto las primarias. No obstante, el pedido fue rechazado de plano por el organismo electoral.
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Según detalla la resolución, a la que tuvo acceso este medio, el Pleno del JNE sostuvo que sus pronunciamientos en materia electoral se emiten en instancia final y no son susceptibles de recurso alguno ni de acciones de garantía.
“El criterio adoptado no es nuevo”, precisa el documento, al señalar que el tribunal electoral ha establecido una línea jurisprudencial constante en diversos casos, tanto en procesos electorales como en expedientes de vacancia y suspensión de autoridades.
En ese sentido, el JNE enfatizó que cualquier intento de revisión o reevaluación, independientemente del nombre que se le otorgue al escrito presentado, resulta improcedente por tratarse de una decisión firme.
Con esta resolución, se confirma de manera definitiva la exclusión de Acción Popular de los comicios generales de abril del próximo año y se cierra el proceso administrativo con el archivo final del caso.








