Accederán al procedimiento de distribución de escaños aquello qie logren al menos el 5% del número legal de miembros de la cámara correspondiente. Foto: ONPE Arequipa
Accederán al procedimiento de distribución de escaños aquello qie logren al menos el 5% del número legal de miembros de la cámara correspondiente. Foto: ONPE Arequipa

que permitirá acceder al procedimiento de distribución de escaños en la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, en el marco de las Elecciones Generales 2026 (EG 2026).

La decisión fue adoptada mediante acuerdo del 12 de marzo de 2026, con el propósito de garantizar seguridad jurídica, predictibilidad electoral y claridad en las reglas de competencia política, de modo que las organizaciones políticas y la ciudadanía conozcan con anticipación los criterios que se aplicarán en la asignación de escaños en el próximo Congreso de la República.

Asimismo, la medida responde a consultas formuladas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y diversos actores políticos respecto de la aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

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Condiciones para acceder a la distribución de escaños

El acuerdo precisa que podrán acceder al procedimiento de distribución de escaños aquellas organizaciones políticas que cumplan de manera concurrente con dos condiciones:

-Haber alcanzado al menos el 5% del número legal de miembros de la cámara correspondiente, lo que equivale a tres senadores (de un total de 60) o siete diputados (de un total de 130).

-Haber obtenido como mínimo el 5% de los votos válidos a nivel nacional en la respectiva cámara.

El JNE también señaló que ambos requisitos se calculan de manera independiente.

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Criterio para la elección del Senado

En relación con la elección del Senado, el acuerdo establece que el cálculo del 5 % de votos válidos se realizará considerando la suma de los votos válidos obtenidos en las dos modalidades de elección que conforman dicha cámara, es decir:

-La elección por distrito electoral único nacional

-La elección por distrito electoral múltiple.

Este criterio permite valorar de manera integral el respaldo electoral obtenido por las organizaciones políticas, tomando en cuenta el conjunto de votos emitidos para la conformación del Senado.

De esta manera, se evita que el resultado de una sola modalidad de elección determine de forma aislada la exclusión de una organización política del procedimiento de distribución de escaños, aun cuando en el conjunto de la elección haya obtenido un respaldo significativo del electorado.

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Accederán al procedimiento de distribución de escaños aquello qie logren al menos el 5% del número legal de miembros de la cámara correspondiente. (Foto: Andina)
Accederán al procedimiento de distribución de escaños aquello qie logren al menos el 5% del número legal de miembros de la cámara correspondiente. (Foto: Andina)

Elección de la Cámara de Diputados

En el caso de la Cámara de Diputados, el JNE precisó que no existe dificultad interpretativa para la aplicación de la valla electoral, dado que la elección de sus integrantes se realiza mediante una única modalidad electoral (distrito electoral múltiple).

Por ello, en esta elección se aplican directamente las condiciones establecidas en la ley para acceder al procedimiento de distribución de escaños.

Con estas precisiones, el Jurado Nacional de Elecciones inidcó que reafirma su compromiso de garantizar la transparencia del proceso electoral, la seguridad jurídica de las reglas electorales y el respeto a la voluntad expresada por los ciudadanos en las urnas.

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