
La Corte Suprema de Justicia rechazó de forma definitiva el pedido de impedimento de salida del país contra Dina Boluarte, por lo que la expresidenta podrá viajar al extranjero en cualquier momento, si así lo considera.
El tribunal confirmó el auto de primera instancia referido en la resolución número 2, emitida el 17 de octubre de 2025, por lo que se declaró infundado el pedido que buscaba restringir la salida del país de Boluarte.
LEA TAMBIÉN: PJ volvió a rechazar pedido de impedimento de salida del país para Dina Boluarte
Además, la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional concluyó que no hay elementos suficientes para dictar impedimento de salida del país contra la expresidenta, al declarar infundada la apelación presentada.
Por ello, se rechazó la solicitud del Ministerio Público que buscaba restringir por 36 meses la salida del país de Dina Boluarte por el caso denominado “Los Dinámicos del Centro” por presunto lavado de activos agravado.
LEA TAMBIÉN: Congreso rechaza otorgarle pensión vitalicia a Dina Boluarte: Los motivos
La resolución de la Corte Suprema, además, estableció que Dina Boluarte no tiene ninguna prohibición para salir del país y que el pedido fiscal no cumplía los requisitos necesarios para imponer esta medida.
Como se recuerda, el Ministerio Público volvió a insistir en su pedido al Poder Judicial (PJ) para que se ordene el impedimento de salida del país por 36 meses contra la expresidente Dina Boluarte como parte de la investigación que afronta por el presunto delito de lavado de activos.
LEA TAMBIÉN: Dina Boluarte: Poder Judicial admite demanda para anular vacancia, ¿qué puede pasar?
La Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en delitos de Lavado de Activos, Tercer Despacho, presentó un recurso de apelación contra la resolución que emitió el juez Fernando Valdez el 15 de octubre de 2025, en donde se declaró infundado el requerimiento que hizo para que la exmandataria no salga del territorio nacional.









