El Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional, integrado por los magistrados Zaida Pérez, Inés Rojas y Richarth Quispe, sentenció a Toledo a 20 años y 6 meses de prisión efectiva al encontrarlo responsable por la comisión de los delitos de colusión y lavado de activos. El exmandatario deberá pagar 240 días multa, así como también fue inhabilitado para el ejercicio de la función pública por el plazo de tres años.
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En tanto, los exintegrantes del comité de Proinversión Sergio Bravo Orellana y Alberto Pasco-Font, fueron sentenciados a 9 años de cárcel por el delito de colusión, mientras que el exdirectivo de la constructora ICGSA, Fernando Castillo Dibós, tendrá que enfrentar una condena de 14 años y 6 meses de prisión efectiva por los delitos de colusión y lavado de activos.
Sin embargo, el juzgado suspendió la ejecución de la pena en el caso de estas tres últimas personas y ordenó que cumplan reglas de conducta, entre ellas, un impedimento de salida del país.
El exagente de seguridad de Toledo; Avi Dan On, fue absuelto por el tribunal, al no encontrarlo responsable por el delito de colusión.
Todos los sentenciados deberán pagar, de forma solidaria, una reparación civil de S/1375′475,899.30 y US$ 463′782,460.35.
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La jueza Rojas anunció que se dará la lectura integral de la sentencia el próximo jueves 31. De esta manera, el cómputo de la pena impuesta en contra del exmandatario iniciará este miércoles 23 y terminará el 22 de octubre del 2043.
De esta manera, Toledo se convirtió en el primer expresidente del Perú que registra una condena por el caso Odebrecht y el segundo exjefe de Estado desde Alberto Fujimori, quien fue condenado por el caso Barrios Altos y La Cantuta en el año 2009, que estará tras las rejas oficialmente.
Los argumentos del tribunal
Al respecto, la jueza Rojas consideró que en la reunión realizada en Río de Janeiro (Brasil), en el año 2004, entre Toledo, Marcelo Odebrecht y Jorge Barata se confirmó la aceptación de la licitación a favor de Odebrecht y cómo se iba a canalizar el dinero que entregaría la constructora brasileña.
“Estas declaraciones no solo confirman que los días 4 y 5 de noviembre del año 2004, las tres partes contratantes estuvieron en el mismo lugar; es decir, Marcelo Odebrecht, Jorge Barata, Josef Maiman Rapaport y Alejandro Toledo Manrique, sino también que se dio la confirmación del pago de sobornos a costa de adjudicar la buena pro del proyecto de la IIRSA Sur tramo 2, 3 y 4 a la empresa Odebrecht y a su consorciadas”, sostuvo.
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“El presidente Toledo conocía el pacto. No actuaba de manera directa, pero sí había participación de él”, añadió.
Remarcó que las reuniones en Palacio de Gobierno entre funcionarios y otras personas, en las que se habría acordado acelerar la licitación en favor de Odebrecht, se realizaron por orden del mismo exmandatario.
“Para garantizar la firma del contrato del 4 agosto de 2005 (proyecto Interoceánica), Toledo, por medio de Fernando Olivera, ingresó a Contraloría para poder presionar sobre el cambio de parecer de dicho órgano. Y dicho órgano, lo que ha indicado, es que no podía variar su informe previo, porque el control posterior lo realizaría en su oportunidad”, acotó.
Para hacerse del pago de soborno de US$ 35 millones, la jueza indicó que Toledo convenció a su amigo, el fallecido Josef Maiman, para que sea su intermediario y reciba, a través de sus empresas creadas, dicho dinero.
Es más, informó que el mismo Barata contó que Toledo, cuando ya no era presidente, lo llamaba por teléfono para exigir que se le pague su dinero.
Por estos hechos, el tribunal consideró que “se ha demostrado un rosario de irregularidades” y, por lo tanto, el expresidente incurrió en el delito de colusión típico
“Todas estas irregularidades constituyen y evidencian una clara concertación entre un funcionario, primera autoridad del Estado (Alejandro Toledo), y los privados. Esta conducta defrauda al Estado”, cuestionó Rojas.
Respecto al delito de lavado de activos, se determinó que Odebrecht y sus consorciadas no solo permitieron que se genere el dinero de manera ilícita, sino que también consintieron y realizaron conductas típicas de conversión y transferencia.
“La conversión no la realiza Toledo, sino las empresas para poder ocultar el dinero que obtuvieron de las ganancias de la obra que habían obtenido de manera ilegal. Las compañías concertaron para ganar el otorgamiento de la buena pro”, aseveró Rojas.
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