
La promulgación del Decreto Legislativo 1695 ha sido presentada por el Ejecutivo como un paso decisivo en la lucha contra la minería ilegal en el Perú. La norma, aprobada en el marco de la delegación de facultades otorgadas por el Congreso, introduce cambios relevantes en el régimen penal: incrementa las penas y amplía el alcance del delito a actividades conexas como el beneficio y el tráfico ilícito de recursos minerales.
No obstante, especialistas coinciden que el decreto legislativo, si bien refuerza el “brazo penal” del Estado, no resuelve los problemas estructurales que sostienen la expansión de esta economía ilegal, como la debilidad del control territorial, la falta de trazabilidad y las limitaciones presupuestales de las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley.
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Trazabilidad y control del territorio
El Decreto Legislativo 1695 reconoce de manera expresa a la minería ilegal como una forma de crimen organizado, lo que permite fortalecer su persecución penal. Para César Ipenza, especialista en temas ambientales, uno de los principales aportes de la norma es la ampliación del tipo penal a actividades que antes se encontraban en “zonas grises”, como el procesamiento del mineral, el beneficio, el transporte y el comercio ilegal.
Según explicó, estos cambios dotan al Estado de mayores herramientas para investigar y sancionar a las redes criminales que operan detrás de la minería ilegal.
En tanto, Julio Guzmán, procurador de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Ambiental, advirtió que uno de los principales obstáculos para combatir a estas mafias es la ausencia de un sistema de trazabilidad a lo largo de toda la cadena productiva minera.
“Necesitamos un mecanismo para que los operadores de justicia identifiquen el lugar de origen de los recursos, la maquinaria e insumos utilizados, y ubiquen las rutas por donde transitan, desde las concesiones hacia las plantas de beneficio”, explicó durante el evento virtual “Delegación de facultades y lucha contra la minería ilegal: análisis del Decreto Legislativo 1695 y desafíos pendientes”, organizado por el Observatorio de Minería Ilegal, en coordinación con Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).
Guzmán indicó que, sin información adecuada y accesible, se puede generar un marco punitivo, con controles excesivos, que dispararía los niveles de corrupción. “De nada sirve agregar un catálogo de nuevos delitos si no se genera un efecto disuasivo desde el Estado. Se necesitan políticas ligadas al control de la extracción y fiscalización del recurso (...) Estamos recurriendo a lo penal para resolver algo que el derecho administrativo no ha podido solucionar en años”, sostuvo.

Capacitación y presupuesto: un cuello de botella
Otro de los desafíos clave es la limitada capacidad institucional para aplicar la norma. Jueces, fiscales, policías y procuradores enfrentan restricciones presupuestales, déficit de personal especializado y falta de capacitación técnica. En ese contexto, la implementación efectiva del Decreto Legislativo 1695 podría quedar solo en el plano declarativo.
El juez supremo Juan Carlos Checkley, del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema, remarcó la necesidad de fortalecer los conocimientos de los operadores de justicia. Dado que el delito de minería ilegal ahora abarca un espectro más amplio de etapas productivas, consideró indispensable que fiscales y policías estén capacitados en la Ley General de Minería y sus reglamentos.
Checkley recordó, además, que la minería ilegal es un delito pluriofensivo, ya que afecta múltiples bienes jurídicos, como la recaudación tributaria, la seguridad ciudadana y la lucha contra el lavado de activos y la trata de personas. Indicó que esto vuelve las investigaciones más complejas y costosas, pero la norma no ha venido acompañada de mayores recursos ni partidas presupuestales específicas.
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Formalización minera: una agenda inconclusa
Desde una mirada internacional, Fiorella Chinchay, especialista de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), sostuvo que el impacto del nuevo marco normativo será limitado si no se pone fin a la inestabilidad legislativa que ha caracterizado al proceso de formalización minera en los últimos años.
“Aún persiste el problema de fondo: hay un registro de formalización de nunca acabar”, indicó. Las constantes prórrogas, agregó, generan ambigüedad jurídica y pueden ser utilizadas para frenar o bloquear la acción penal del Estado.
En la misma línea, Iris Olivera, coordinadora del programa Derechos de DAR, concluyó que, si bien el Decreto Legislativo 1695 refuerza el sistema penal, no resuelve los factores estructurales que han convertido a la formalización minera en un mecanismo de encubrimiento e impunidad. “Sin control territorial y presupuesto público asignado, la nueva norma corre el riesgo de ser solo una respuesta punitiva, pero sin un impacto institucional real”, enfatizó.








