El pleno del Congreso de la República aprobó este jueves la ley para que el titular de un boleto aéreo pueda endosarlo o transferirlo a otra persona hasta 24 horas antes del vuelo, sin costo alguno.
La propuesta, que fue aprobada por voto en mayoría, establece también que el usuario no tendrá que pagar una penalidad en caso de no usarlo en la fecha respectiva, siempre que las condiciones del contrato de transporte aéreo se mantengan iguales.
La iniciativa fue planteada por la legisladora Martha Moyano (Fuerza Popular) y modifica la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil, para el fortalecimiento de los derechos de los usuarios en el transporte aéreo de pasajeros.
“La propuesta es que se permita que el usuario transfiera o endose su boleto en las mismas condiciones que lo compró, (hasta) 24 horas antes”, dijo la parlamentaria, quien citó la experiencia de Chile, donde la transferencia del pasaje se realiza incluso de modo virtual.
Remarcó la necesidad de darle este respaldo legal al usuario que, por diferentes motivos, no pueda usar el pasaje aéreo, cuando este boleto puede ser vendido por la misma aerolínea.
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La presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, Hilda Portero (Acción Popular), sustentó el texto sustitutorio como primera comisión dictaminadora, mientras que su colega de bancada Ilich López hizo lo propio como titular de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, que fue la segunda comisión. En este caso, se votó el texto del primer grupo de trabajo.
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Cuestionan la norma
Voceros de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) y la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional (AETAI) señalaron anteriormente a Gestión que la propuesta es innecesaria porque ya existe normativa que regula el endoso de pasajes aéreos.