Se apela al Tribunal Fiscal, que ha recibido en el 2025 un promedio de 10,000 expedientes mensuales, carga que sobrepasa por lejos su capacidad operativa. (Foto: GEC)
Se apela al Tribunal Fiscal, que ha recibido en el 2025 un promedio de 10,000 expedientes mensuales, carga que sobrepasa por lejos su capacidad operativa. (Foto: GEC)

Hace varios años, cuando trabajaba en la , un consultor planteó una idea muy simple: “si vas a obligar a pagar a la gente, sin darles nada a cambio, por lo menos hazlo claro y fácil”. Y es que los , sobre todo en el Perú, son pagos a cambio de nada. Es decir, los no podemos esperar ningún servicio previsible del a cambio de nuestros , menos aún con gobiernos tan volátiles y débiles como los que hemos visto en los últimos años.

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Por supuesto que eso no implica que no paguemos impuestos (aunque recuerde que más del 50% de la economía es informal), pero lo mínimo que se puede requerir del Estado es claridad, simplicidad y previsibilidad.

Es importante tener claro que estos cuestionamientos deben ser vistos bajo la visión de una Sunat o Tribunal  Fiscal que no cree en la buena voluntad o veracidad del contribuyente. (Foto: Andina)
Es importante tener claro que estos cuestionamientos deben ser vistos bajo la visión de una Sunat o Tribunal  Fiscal que no cree en la buena voluntad o veracidad del contribuyente. (Foto: Andina)

Aunque esto debería ser obvio, en los últimos años la Sunat y el Tribunal Fiscal han seguido el camino exactamente contrario: conforme pasa el tiempo, el contribuyente formal tiene menos certeza sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Un nuevo capítulo de esta falta de seguridad jurídica lo hemos visto con la activación de la norma de Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO), lo que ha llevado a la SUNAT a desconocer, según su propio comunicado, S/ 3,200 millones de facturas emitidas por 75 empresas, de forma retroactiva.

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La Sunat ha desencadenado un enorme grupo de cuestionamientos sobre la deducibilidad de gastos de todo tipo, que, aunado a un Tribunal Fiscal que muestra cada vez más un sesgo pro Sunat, hace que el cumplimiento de las obligaciones tributarias sea cada vez menos claro. Teniendo en cuenta esto, veamos algunos lineamientos generales a tomar en cuenta:

La causalidad y la fehaciencia deben ser siempre el punto de partida

El contribuyente debe estar en capacidad de demostrar lo siguiente:

  • Qué fue lo que adquirió: contenido del servicio o bien.
  • Para qué lo adquirió: destino, el negocio.
  • Que el servicio o el bien existió y lo brindó el proveedor.
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Es importante tener claro que estos cuestionamientos deben ser vistos bajo la visión de una Sunat o Tribunal Fiscal que no cree en la buena voluntad o veracidad del contribuyente, es decir, asume que usualmente el contribuyente puede mentir para beneficiarse de la deducción. Esta tendencia se extrema cada vez más, llegando a situaciones absurdas como el cuestionamiento de la fehaciencia o la realidad de los servicios de trabajadores de planilla. Es importante saber a qué se va a enfrentar luego de la declaración y se recomienda un análisis más ácido de lo habitual sobre la liquidación del IR para evitar malos ratos.

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Aun cuando no tengo información que me permita hacer afirmaciones con rigor estadístico, me animaría a decir que, por lo menos, la mitad de los crecientes cuestionamientos de la Sunat se basan en pruebas requeridas más allá de lo que un contribuyente diligente podría presentar, lo cual eleva bastante la inseguridad jurídica.

Formalismo extremo vs indolencia sospechosa

La actuación de la Sunat es, por lo menos, sospechosa. Vemos un ensañamiento con el sector formal, al que se le exige un nivel de formalismo extremo para el sustento de los gastos, mientras que la economía informal e ilegal (oro) se mueve con extrema libertad, sin controles visibles ni eficaces.

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¿Esto es una defensa legal para los formales? Por supuesto que no, pero usted debe tener claro el rol que debe asumir al momento de presentar la declaración del IR.

Administración de justicia tributaria

Los procesos tributarios son largos, caros y, en muchos casos, poco predecibles.

  • Como es sabido, todo se origina en una resolución (determinación y multa) emitida por la Sunat.
  • En primera instancia, se cuestiona en la propia Sunat, que no hace mayor revisión de su actuación (aunque que haya dicho lo contrario en los últimos años). 
  • Luego se apela ante el Tribunal Fiscal, que ha recibido en el 2025 un promedio de 10,000 expedientes mensuales, carga que sobrepasa por lejos su capacidad operativa. Esto no solo ha provocado que los casos se demoren, sino que también ha incrementado la tendencia a validar los criterios de la Sunat, lo que  está más ligado a que gobiernos pasados inundaron el Tribunal Fiscal de funcionarios que venían de la SUNAT. El gran problema es que, para seguir litigando, el contribuyente debe pagar pues, de lo contrario, es susceptible de cobranza coactiva.
  • Luego del Tribunal Fiscal, el contribuyente va a poder recurrir judicialmente, lo que hoy ocurre mucho más que en el pasado. Esto no es buen ni para el contribuyente ni para el Estado.
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Pondere lo señalado con vista a la declaración del IR. Es recomendable que cuente con buenos sistemas contables y de almacenamiento de información, además de profesionales preparados desde la declaración, que se anticipen a lo que previsiblemente va a venir. Dicho eso, ¡suerte!

Jorge Picón Gonzales es abogado, docente de postgrado y maestría en materia tributaria.

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