Sunat. (Foto: GEC)
Sunat. (Foto: GEC)

Cada año, millones de negocios y empresas en el país deben rendir cuentas sobre sus ingresos y operaciones al fisco, un paso clave para la transparencia financiera y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La declaración de renta no solo permite a l

Hasta el momento, más de 130,000 contribuyentes, entre empresas y negocios, ya cumplieron con presentar su Declaración Anual de Renta 2025, adelantándose a las fechas de vencimiento, que comienzan el próximo 26 de marzo. Según la Sunat, esto demuestra el interés de los contribuyentes por cumplir con sus obligaciones de manera oportuna, aprovechando la facilidad de los trámites virtuales.

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Plazo y cronograma

El periodo para presentar la declaración se iniciará el 26 de marzo y concluirá el 13 de abril de 2026, sin posibilidad de prórroga. Las fechas de vencimiento se asignan de acuerdo con el último dígito del RUC de cada contribuyente.

Último dígito del RUC y otrosFecha de vencimiento
026 de marzo de 2026
127 de marzo de 2026
230 de marzo de 2026
331 de marzo de 2026
41 de abril de 2026
56 de abril de 2026
67 de abril de 2026
78 de abril de 2026
89 de abril de 2026
910 de abril de 2026
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC13 de abril de 2026

Formularios virtuales

Las declaraciones se realizan mediante el Formulario Virtual N° 710 (FV 710, versión simplificada o completa): Renta Anual Tercera Categoría, disponible en el portal de la Sunat desde el 2 de enero.

Información personalizada

Como cada año, la Sunat ofrece un archivo personalizado con información referencial, que debe verificarse, completarse o modificarse antes de presentar la declaración. Este archivo incluye datos sobre saldos a favor, pagos a cuenta, retenciones e ITAN aplicable, y está disponible en el FV 710 desde el 16 de febrero de 2026.

¿Quiénes deben presentar la declaración?

Están obligados a presentar la declaración los negocios o empresas que durante el 2025:

  • Obtuvieron rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o Mype Tributario (RMT). Realizaron operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por pagos superiores al 15% de sus obligaciones sin usar efectivo.
  • Empresas no incluidas en la Ley N° 31940 que iniciaron operaciones en 2025 o tuvieron ingresos mayores a 1,700 UIT en 2024.

Para más información sobre cronogramas de vencimiento y facilidades de presentación, los contribuyentes pueden visitar el de la Sunat.

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