
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) aseguró que no ha recibido ninguna comunicación oficial sobre la demanda de indemnización que Sedapal habría presentado por casi S/1.500 millones, a raíz de un supuesto error que le impidió incrementar más sus tarifas.
De acuerdo con la Sunass, tomaron conocimiento del caso luego de que la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) y un medio especializado difundiera información respecto a la demanda presentada.
“La Sunass no ha recibido ninguna comunicación oficial sobre la demanda de indemnización presentada por Sedapal por un supuesto error que, según la empresa, le impidió incrementar más las tarifas. El conocimiento del caso ha sido únicamente por publicaciones en redes sociales de la SMV y por la posterior difusión periodística”, indicaron en un comunicado.
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La superintendencia recordó que la propia SMV indicó que el recurso presentado por Sedapal se encuentra aún en etapa de calificación ante el Poder Judicial, instancia que evaluará si corresponde admitirlo o no.
Anteriormente, indicaron, en octubre de 2025, la Sunass fue notificada con una solicitud de conciliación por parte de Sedapal.
“En ese momento el regulador no tenía conocimiento que la indemnización había sido formalmente judicializada un mes antes. El argumento de la empresa es un supuesto error en el cálculo tarifario del quinquenio regulatorio 2022–2027”, indicaron.
En ese entonces, la empresa solicitó S/1 200 millones. Ahora, el monto reclamado asciende a S/1,495,12 millones, incremento que, según Sunass, no tiene justificación técnica ni legal.
El regulador recuerda que rechazó esa pretensión desde el inicio, al considerar que no contaba con sustento normativo, técnico ni económico.
Además, sostiene que las resoluciones tarifarias cuestionadas fueron emitidas en diciembre de 2021, respetando estrictamente el marco legal vigente y siguiendo todo el procedimiento regulatorio establecido.

La Sunass resaltó que el cálculo de tarifas para cualquier empresa prestadora de servicios de saneamiento se realiza mediante un proceso técnico, riguroso y participativo, que incluye audiencias públicas, publicación de informes de sustento y revisión de comentarios de la empresa, de los usuarios y de terceros interesados.
“En el caso de Sedapal, el análisis tarifario que hoy cuestiona se basó en información entregada por la propia empresa a través de su Plan Maestro Optimizado (PMO), donde detalló su situación económica, financiera, cartera de inversiones y obligaciones”, precisó.
Por estas razones, el regulador rechaza las pretensiones de la empresa, al considerar que desconocen el proceso legal vigente.
Además, advierte que, en un escenario en el que la demanda prospere, las implicancias legales y presupuestales recaerían finalmente en el Estado y en todos los contribuyentes, que tendrían que asumir una eventual compensación millonaria.








