
El OEFA acaba de actualizar la metodología para fijar multas, una normativa que esperaba ajustes desde el 2013, cuando la entidad llevaba pocos años supervisando el cumplimiento de la normativa ambiental. ¿Qué mejoras y nuevos criterios fija? Gestión cuenta todos los detalles.
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Un nuevo enfoque
“Incluía factores que estaban pensados para la gran minería porque cuando se creó esa metodología, en 2013, era el primer sector que fiscalizaba OEFA. Pero ahora ya han asumido funciones en casi todos los sectores. Lo que faltaba era aterrizar más sus criterios y no mantener una visión subjetiva”, explicó Nicole Freire, asociada principal de Echecopar.

Miguel Ángel Soto, socio de PPU, recalcó que este nuevo estándar brindará mayor predictibilidad a los administrados sobre cómo es que el OEFA determinará el valor de las faltas que puedan cometer.
“En la mayoría de casos la OEFA forzaba un daño potencial. Por ejemplo, en un cierre de minas ordenado, pero no realizado, indicaban que se podía afectar el suelo, y eso a la flora y fauna, a pesar de no haber ocurrido. Eso incrementaba el costo base de las multas entre 30% o 40%. Un impacto ambiental negativo puede tener distintas intensidades. Se está evitando una distorsión”, consideró.
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¿Multas podrían reducirse para administrados?
Si bien no es el objetivo de la OEFA, ambos letrados consideraron que, tras la renovación de la metodología, existen mayores mecanismos para que las empresas enfrenten menores sanciones económicas por sus faltas ambientales.
Por ejemplo, los nuevos criterios de la entidad son más receptivos ante la adopción de medidas cuando el infractor no solo reconoce la falta, sino que intenta resarcir el daño, incluso con el Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) del OEFA ya en curso.
En la metodología anterior, dependiendo de la omisión total, aplicación tardía o oportuna de la medida de mitigación, se podía tener un agravante del 30% o un atenuante (reducción) del 10% sobre la multa por imponer.
Ahora, la nueva metodología ha simplificado totalmente esta variable: se otorgará un atenuante de 38% cuando la empresa tome acciones de corrección y no habrá un agravante por no tomar ninguna medida al respecto.

“No creo que el enfoque de OEFA sea reducir multas, pero sí ser más preciso (...) Está prevaleciendo el cumplimiento normativo antes de ir y sancionar con multas altas. Está relacionado al reglamento de supervisión ambiental que se renovó también en 2025. Es un nuevo enfoque”, destacó Freire.
Este criterio asignaba un valor extra a la sanción de la entidad por ocurrir, precisamente, en una zona del Perú con alta incidencia de pobreza. Esto no solo encarecía multas, sino que “cargaba” al administrado una realidad ajena a su control directo. Ahora ya no existe.
“En la práctica podía sumar entre 5% a 7% más a la sanción. En una multa grande es un impacto importante. Se contrastaba con la base de datos del INEI y se aplicaba automáticamente. Frente a las metodologías de otros reguladores, OEFA era probablemente el único que lo hacía”, refirió Soto.
Los abogados recordaron que las multas de la OEFA, según su tipificación de sanciones, pueden alcanzar las 30 mil UIT. Faltas como no cumplir con los compromisos del instrumento de gestión ambiental pueden costar la mitad (15 mil UIT), por citar un ejemplo.
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¿Qué pasará con los casos en curso en OEFA?
La resolución de la OEFA indica, en su Disposición Complementaria Transitoria Única, que todos los PAS iniciados antes de la entrada en vigencia de la nueva metodología se evaluarán con los criterios anteriores. Esta decisión aplica para todas sus instancias.
“No lo descartaría, pero se tendrá que ver caso por caso. Como abogada sí recomendaría utilizar la nueva metodología. Habrá que ver cuál será la posición de OEFA frente a esto (en los casos nuevos que atiendan)”, apuntó Freire.
La abogada de Echecopar recomendó también a las empresas, en el marco del compliance ambiental, no minimizar la capacidad sancionadora de la OEFA y tener muy claras sus obligaciones ambientales y permisos necesarios. La idea es evitar que la entidad los “sorprenda” en una fiscalización posterior.
“La recomendación principal es definitivamente anticipar eventuales incumplimientos y, en el caso de haber sido identificados ya, tener planes para revertir la conducta infractora. En la corrección habrán muchas posibilidades de no solo reducir, sino hasta eliminar la multa, antes de que exista una supervisión formal de OEFA”, remarcó Soto.

Periodista económico con más de 5 años de experiencia en el rubro. Conductor de "En Clave Económica" de Diario Gestión en YouTube. Licenciado en Comunicaciones por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Cubro temas vinculados a proyectos de inversión público y privada en más de una modalidad y hago seguimiento a diversos sectores económicos.








