
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 005-2026-PCM y tendrá una vigencia de 60 días calendario.
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Sustento técnico y alcance de la medida
La declaratoria se sustenta en informes técnicos del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), elaborados sobre la base de información del Senamhi, el Cenepred y la Comisión Multisectorial del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen).
Según el Ejecutivo, los distritos comprendidos presentan un nivel de riesgo muy alto frente a lluvias intensas, con potencial afectación a la vida y salud de las personas, así como a la agricultura, la ganadería y la infraestructura.
El decreto precisa que la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales involucrados ha sido sobrepasada, lo que justifica la intervención técnica y operativa del Gobierno Nacional. En ese marco, la emergencia ha sido clasificada como de nivel 4, conforme al Reglamento del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd).
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Acciones a ejecutar y entidades involucradas
Durante la vigencia del estado de emergencia, los gobiernos regionales y locales deberán ejecutar medidas de excepción, inmediatas y necesarias orientadas a la reducción del riesgo, así como acciones de respuesta y rehabilitación.
Estas labores se realizarán con la coordinación y seguimiento del INDECI y la participación de diversos sectores, entre ellos Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Defensa, Interior, Transportes y Comunicaciones, Energía y Minas, Mujer y Poblaciones Vulnerables, y Desarrollo e Inclusión Social.
El decreto establece que las intervenciones deberán tener nexo directo con el evento que motiva la emergencia y podrán ajustarse según la evolución de la situación, siempre que cuenten con sustento técnico.
Financiamiento y control
Las acciones previstas se financiarán con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, el INDECI será responsable de coordinar y supervisar la ejecución de las medidas, debiendo informar a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre los resultados alcanzados durante el periodo de emergencia.
Distritos comprendidos
El estado de emergencia alcanza a más de 50 distritos de las regiones señaladas, detallados en el anexo del decreto supremo, entre ellos Chimbote y Santa (Áncash), Ica y La Tinguiña (Ica), Trujillo y El Porvenir (La Libertad), así como diversos distritos de Lambayeque.
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