
Tal como se adelantó el lunes, el Gobierno oficializó este martes el Decreto de Urgencia Nº 006-2026, una medida extraordinaria en materia económica y financiera a fin de garantizar la continuidad operativa del servicio público de transporte terrestre regular de personas en Lima y Callao.
La norma busca mitigar el impacto negativo del incremento sostenido en el precio de los combustibles, situación que actualmente afecta la sostenibilidad financiera de las empresas operadoras y pone en riesgo la eficiencia del servicio para los usuarios.
Este mecanismo tiene como finalidad directa reducir los costos operativos de las empresas de transporte que brindan servicios bajo el régimen excepcional, asegurando que los ciudadanos no se vean afectados por interrupciones en sus desplazamientos diarios.
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¿Cómo será el subsidio?
El subsidio será entregado a los operadores autorizados por la ATU y se calculará en función del kilometraje efectivo recorrido durante la prestación del servicio, información que será validada mediante el Sistema Integrado de Control y Monitoreo (SICM).
De acuerdo con la norma, el apoyo económico se otorgará durante un período de 60 días calendario y tendrá los siguientes valores por kilómetro recorrido:
- Ómnibus: S/ 0.50 por kilómetro
- Minibús: S/ 0.40 por kilómetro
- Microbús: S/ 0.30 por kilómetro
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Requisitos para el subsidio
Para acceder al beneficio, las empresas deberán contar con autorización vigente de la ATU, RUC activo y habido, además de vehículos habilitados con sistema GPS conectado al Centro de Gestión y Monitoreo del Sistema Integrado de Transporte.
Asimismo, las unidades deberán tener vigente el SOAT o CAT y el certificado de Inspección Técnica Vehicular (ITV).
El Ejecutivo señaló que el aumento de los costos operativos, especialmente por el encarecimiento de los combustibles, viene afectando la sostenibilidad económica de las empresas de transporte y poniendo en riesgo la continuidad y eficiencia del servicio que utilizan diariamente millones de usuarios en Lima y Callao.
La ATU tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para aprobar los lineamientos operativos del subsidio y adecuar sus sistemas para el registro de cuentas bancarias de los beneficiarios.
Además, deberá publicar mensualmente la relación de operadores favorecidos y los montos otorgados.
La norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y regirá hasta el 31 de diciembre de 2026.







