
La compañía estadounidense de ropa Levi Strauss & Co se vio enfrascada en una disputa con la peruana Manufacturas San Isidro, propietaria de la reconocida marca de prendas de vestir Pionier, al acusarla de infringir derechos de propiedad industrial y cometer acciones desleales durante su actividad comercial. Esta controversia se llevó a instancias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), el cual en un expediente brindó detalles de las acciones a las que conllevó este caso, pendiente de deliberación de la supuesta infracción.
La polémica encuentra visos formales el 21 de junio del 2024, cuando la propietaria de la marca Levi’s interpuso denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial y actos de competencia desleal contra Manufacturas San Isidro S.A.C. De acuerdo a la norteamericana, la firma peruana habría estado comercializando prendas de vestir con signos y diseños similares a cuatro marcas previamente registradas (con certificados N° 14768; 237431; 11514 y 237432), sin contar con su autorización.

Ante ello, Levi Strauss & Co solicitaba inspecciones en tres locales de la denunciada, situados en el centro de Lima; el cese de uso y decomiso de los productos materia de denuncia; la admisibilidad fundada de la medida y la imposición de una multa; además, del pago de los costos del procedimiento. El 19 de julio de ese año, la Secretaría Técnica de la Comisión de Signos Distintivos se pronunció.
Dicha instancia del Indecopi admitió a trámite la denuncia por infracción a los derechos de Propiedad Industrial y actos de competencia desleal, y el registro en las tiendas de Manufacturas San Isidro. Sin embargo, no concedió las medidas cautelares de cese de uso y decomiso de los productos, aludiendo que si bien la firma peruana estaría comercializando prendas de vestir (pantalones) con los signos cuestionados, dichos productos “no compartirían la conformación, características gráficas de las marcas base de la denuncia, que permitan en esta etapa generar convicción sobre la existencia de verosimilitud en la alegada confusión de los signos en cuestión”.
Asimismo, la Comisión de Signos Distintivos arguyó que la evidencia ofrecida era insuficiente para justificar la necesidad de la intervención cautelar en materia de signos distintivos.
LEA TAMBIÉN: Textil del Valle, proveedor de Lacoste, suma marca a portafolio, ¿qué alista en Chincha?
Frente a esta postura, un mes después la firma estadounidense interpuso recurso de apelación, argumentando que se está permitiendo la comercialización de productos que afectan sus derechos de propiedad industrial, así como la comisión de actos de competencia desleal; en tanto, que la referida comisión del Indecopi tampoco valoró la denuncia por actos de competencia desleal al momento de evaluar la solicitud de medidas cautelares.
En ese sentido, Levi Strauss & Co reiteró que las prendas de vestir de la dueña de Pioner muestran signos con características gráficas y cromáticas similares a sus marcas registradas, lo que generaría riesgo de confusión en el consumidor. Explicó que pese a que en el mercado existen algunos elementos parecidos que son utilizados por diversas empresas, los signos característicos que conforman sus marcas no son de uso común; además, que las prendas de vestir de otras firmas cuentan con diseños propios y diferenciadores.
“La denunciada pretende engañar a los consumidores comercializando productos que copian el trade dress (apariencia distintiva de un producto), induciéndolos a error respecto al origen empresarial de los productos, lo que constituye un acto de competencia desleal en las modalidades de confusión y explotación de la reputación ajena”, señaló la compañía estadounidense.

Resolución del conflicto
Para setiembre de ese mismo año, el Indecopi realizó las diligencias en los tres locales de Manufacturas San Isidro, siendo que en dos de ellos hallaron pantalones que tenían los diseños objeto de la controversia. Así, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi sería la llamada a pronunciarse sobre la posible nulidad de la decisión de la Comisión de Signos Distintivos en lo que concernía a las medidas cautelares.
Esta jurisdicción determinó que dicho órgano sustentó su posición únicamente en torno a la denuncia por infracción a los derechos de Propiedad Industrial, sin considerar la denuncia por actos de competencia desleal, vicio que declaraba la nulidad parcial de la resolución del 19 de julio de 2024.
Además, indicó que tras una evaluación preliminar de las pruebas presentadas por la propietaria de la marca Levi’s se corroboró que la firma peruana comercializó productos con hasta cinco diseños diferentes, de lo cual la sala concluyó que existen indicios suficientes para que, en esta etapa del procedimiento, se pueda presumir que la dueña de Pioner podría estar haciendo uso de un signo similar a la marca con certificado N° 14768, inscrita a favor de la compañía estadounidense para distinguir pantalones.
“Corresponde dictar medidas en el extremo de la denuncia por infracción a los derechos de Propiedad Industrial, sustentada en el registro de la marca (certificado N° 14768); debiendo denegarse con respecto a las demás marcas base de denuncia de Levi Strauss & Co (con certificados 237431; 11514; 237432)“, remarcó la instancia del Indecopi.
En consecuencia, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual dictó, en adelante, el cese de la fabricación de pantalones con dicho signo, así como el decomiso de productos identificados con el mencionado diseño, independientemente del color y demás elementos que se le pudiera haber adicionado. Asimismo, en cuanto a la existencia de una infracción, sostuvo que este pronunciamiento preliminar no determina ello, pues se evaluará en el expediente principal, reservándose la Sala el derecho de analizar ese aspecto.
Finalmente, el área legal de Pioner en diálogo con Gestión, indicó que la constroversia aún se encuentra en trámite, dado que tras estar en Sala no se ha llevado a la vía judicial.
“Lo último que tenemos en el expediente principal son nuestros descargos presentados con fecha 30 de noviembre del año pasado; y hasta el momento no hay algo más pendiente”, precisó.

LEA TAMBIÉN: Topy Top al frente: el crecimiento de las exportaciones textiles peruanas hasta abril

Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional del Santa. Trabaja en el Diario Gestión desde noviembre del 2021. Laboró anteriormente en la Sociedad Nacional de Industrias y el diario La Industria de Chimbote.








