
El ingreso de alimentos a las salas de cine vuelve a estar en discusión. Aunque desde hace algunos años se permite llevar productos externos, esta posibilidad no es libre: debe tratarse de alimentos iguales o similares a los que vende el propio cine.
En una reciente resolución, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha precisado este límite al avalar que se prohíba el ingreso de snacks como los Cheetos.
Sin embargo, esta decisión deja una pregunta abierta: ¿qué significa realmente que un producto sea “similar”?
La forma en que se interprete ese concepto no solo define qué puede o no ingresar a las salas, sino también hasta dónde pueden llegar los cines al momento de restringir alimentos traídos por los consumidores.
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El caso se originó a partir de la denuncia de dos consumidores contra Cineplanet, luego de que el personal del establecimiento les impidiera ingresar a una función con dos bolsas de Cheetos adquiridas fuera del local.
Según relataron, pese a haber comprado sus entradas y productos en la dulcería del cine, se les exigió dejar los snacks en custodia para poder acceder a la sala. Además, señalaron que no se les habría facilitado el Libro de Reclamaciones en ese momento, por lo que posteriormente registraron su queja de manera virtual.
En su análisis, el Indecopi centró la discusión en determinar si un producto como los Cheetos podía considerarse “alimentos similares” a los nachos que comercializa el cine. La autoridad concluyó que no, al advertir diferencias en su composición, presentación y forma de consumo.
Precisó que el criterio de similitud debe evaluarse respecto de los productos que el propio proveedor ofrece, por lo que el hecho de que ambos snacks tengan como base el maíz no resulta suficiente para equipararlos.
Con base en ello, el Indecopi resolvió que el cine se encontraba facultado para restringir el ingreso de los Cheetos, por lo que archivó este extremo de la denuncia, al no configurarse una falta de idoneidad.
También descartó la infracción vinculada al Libro de Reclamaciones por falta de pruebas. No obstante, sí sancionó al proveedor con una amonestación por no haber brindado una respuesta adecuada al reclamo presentado por los consumidores, y ordenó el pago de las costas del procedimiento.

Un criterio sin base legal expresa
El criterio de “productos similares” que hoy define qué alimentos pueden ingresar a las salas de cine no tiene un origen normativo directo. Para Gustavo Rodríguez, socio del estudio Rodríguez García & Encinas, se trata de una regla construida por la propia autoridad en sus pronunciamientos previos.
“El criterio de similitud es una regla que ha creado el propio Indecopi. No existe en la ley”, sostiene.
En la misma línea, Alex Sosa, socio del estudio Muñiz, coincide en que este estándar surge de decisiones administrativas, particularmente desde el 2018, cuando se permitió el ingreso de productos externos siempre que sean idénticos o sustituibles a los ofrecidos por el cine.
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Amplio margen y falta de parámetros claros
Ambos especialistas advierten que uno de los principales problemas del criterio es la ausencia de lineamientos objetivos para determinar la similitud entre productos.
Rodríguez señala que no se han establecido parámetros concretos, lo que deja a la autoridad con un amplio margen para decidir caso por caso. “No hay pautas ni criterios definidos para saber cuándo un producto es similar o no”, explica.
Sosa agrega que esta falta de precisión genera “zonas grises” en la práctica, donde consumidores y empresas no pueden anticipar con claridad qué alimentos estarán permitidos.
En ese escenario, advierte que el Indecopi podría terminar evaluando constantemente el nivel de sustituibilidad entre productos, incrementando la incertidumbre y la carga administrativa.
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Un análisis que mezcla técnica y experiencia
En el caso concreto de los Cheetos, la autoridad incorporó elementos como la composición del producto, su presentación e incluso el tipo de residuo que genera al consumirse. Este enfoque es valorado parcialmente por los especialistas, aunque con matices.
Rodríguez refiere que la resolución aporta cierta claridad al introducir criterios más específicos sobre cómo evaluar la similitud. Sin embargo, advierte que este análisis puede resultar poco práctico para los consumidores.
Por su parte, Sosa señala que el enfoque puede derivar en evaluaciones subjetivas. “Se pasa de un análisis técnico a uno de experiencia”, indica, al advertir que incluso productos vendidos en el cine —como los nachos con queso— también pueden generar suciedad, lo que evidencia la dificultad de aplicar un estándar uniforme.

El origen del problema: la decisión de 2018
Más allá del caso puntual, ambos abogados coinciden en que el debate actual tiene su origen en el criterio adoptado por el Indecopi en 2018, que permitió el ingreso de alimentos externos bajo la lógica de la similitud.
Rodríguez cuestiona directamente esta decisión, al considerar que el cine siempre debió mantener la facultad de restringir el ingreso de productos ajenos.
En tanto, Sosa sostiene que dicha interpretación partió de una lectura equivocada del mercado, al mencionar la venta de alimentos como un servicio accesorio, cuando en realidad forma parte central del modelo de negocio de los cines.
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Más conflictos en puerta y necesidad de ajuste
Ambos especialistas advierten que, bajo el criterio actual, seguirán surgiendo casos similares, especialmente en situaciones límite donde la equivalencia entre productos no sea evidente.
Sosa anticipa que el Indecopi podría convertirse en un evaluador permanente de la sustituibilidad de alimentos, enfrentando cada vez más controversias. Rodríguez, por su parte, señala que, si bien esta resolución introduce ciertos límites, no corrige el problema de fondo.
En ese contexto, coinciden en que el escenario más razonable es que la propia autoridad ajuste o redefina su criterio en futuros pronunciamientos. Mientras ello no ocurra, el alcance del concepto de “producto similar” seguirá siendo un terreno abierto a interpretación.

Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.








