
El Pleno del Congreso de la República aprobó en primera votación -y exoneró de una segunda- el proyecto de ley que modifica el régimen de gestión de recursos humanos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
La iniciativa, que recoge diversos cambios tras las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo a la autógrafa original, mantiene a la entidad bajo el régimen laboral de la actividad privada y dispone un proceso progresivo para incorporar a determinados trabajadores bajo Contratación Administrativa de Servicios (CAS) al Decreto Legislativo 728, conocido como régimen privado.
Según argumenta el Parlamento, el texto aprobado busca fortalecer la capacidad operativa y administrativa de la Sunat mediante una reorganización de su gestión de recursos humanos, con el objetivo de mejorar las labores de fiscalización tributaria y aduanera, combatir la evasión y la elusión tributaria, ampliar la base de contribuyentes, facilitar el comercio exterior y reforzar el control de insumos vinculados a la minería ilegal.

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Se mantiene el régimen laboral privado
Aun así, se precisó que la Sunat y sus trabajadores continuarán sujetos al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo 728). Sin embargo, la entidad permanecerá comprendida dentro del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, cuya rectoría corresponde al Servicio Civil (Servir), así como de la Gestión Fiscal de Recursos Humanos del Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Inicialmente, el texto pretendía retirar a Sunat de Servir, pero tras la observación del Gobierno, esto se eliminó del texto.
Asimismo, se faculta a la Sunat a aprobar su propia política de gestión de recursos humanos mediante resolución de superintendencia, respetando las normas emitidas por los entes rectores y las disposiciones de austeridad y sostenibilidad fiscal previstas en las leyes de presupuesto.

CAS pasarán al 728 de forma gradual
El proyecto también establece un mecanismo de adecuación progresiva para los trabajadores contratados bajo el régimen CAS.
Podrán acceder al régimen laboral privado aquellos servidores que, al momento de entrar en vigencia la ley, tengan condición de trabajadores CAS indeterminados y acrediten al menos tres años continuos de servicios computados desde que adquirieron esa condición.
No obstante, la migración no será automática. La norma dispone que el traslado solo podrá efectuarse conforme se generen plazas vacantes dentro de la Sunat, según su disponibilidad presupuestal, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y respetando los principios de mérito, progresividad y eficiencia operativa.
La iniciativa establece que, una vez entre en vigencia la ley, la Sunat contará con un plazo máximo de 90 días calendario para emitir las disposiciones reglamentarias, administrativas y operativas necesarias para implementar el nuevo esquema de manera progresiva.
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