
Los recientes cambios al Reglamento de Autorización de Empresas de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) introducen una simplificación en el proceso de organización de entidades financieras, sin reducir los estándares de evaluación.
Este reglamento tiene como finalidad agilizar y dotar de mayor eficiencia, razonabilidad y predictibilidad al procedimiento de autorización de organización, eliminando exigencias formales y dilaciones vinculadas a supervisores extranjeros, refiere la firma de abogados Vodanovic.
Uno de los ajustes relevantes es la comunicación de la SBS al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), una vez finalizada la evaluación integral de la solicitud de organización de la nueva empresa, a fin de que el emisor monetario emita su opinión en un plazo de 30 días.
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La opinión del BCRP ha sido parte del procedimiento para evaluar la viabilidad macroeconómica y el modelo de negocio de una futura entidad financiera, señaló Camila Hernández, asociada senior en Rebaza, Alcázar & De Las Casas.
Empero, el envío de este expediente ya no estará condicionado a la respuesta previa de un supervisor extranjero, lo que delimita mejor funciones y evita paralizaciones por factores externos, detalló.
Karina Chinguel, socia de Vodanovic, sostuvo que este cambio aporta mayor fluidez procedimental y reafirma el rol activo del regulador en la coordinación interinstitucional e internacional.
Regulador extranjero
Otra modificación es la eliminación de la exigencia de presentar una constancia emitida por el supervisor extranjero del accionista o beneficiario final, cuando estos pertenecen a sistemas financieros o de seguros del exterior. Esto acreditaba la inexistencia de alguna objeción a la solicitud de organización.

En la práctica, esto representaba una carga formal significativa, especialmente en jurisdicciones donde dicho pronunciamiento no está contemplado, dijo Chinguel.
Su supresión facilita el acceso al procedimiento y evita trabas derivadas de exigencias documentales ajenas al marco normativo del país de origen, agregó.
La norma también elimina la suspensión del plazo de evaluación integral que aplicaba la SBS cuando no se recibían las respuestas al cuestionario sobre supervisión consolidada por parte del supervisor extranjero.
Para Hernández, este cambio es relevante pues permite a la superintendencia continuar con el proceso pese al silencio del regulador externo. Antes, la falta de respuesta podía dejar sin efecto la solicitud de organización tras 90 días e impedía remitir el estudio de factibilidad al BCRP, explicó.
“La falta de contestación dentro de determinados plazos podía ralentizar, paralizar o incluso llevar a que la solicitud fuera considerada como no presentada. Ello generaba incertidumbre y potenciales limitaciones en el proceso de autorización por factores fuera del control del solicitante”, manifestó Chinguel.
Evaluación
Con el nuevo esquema se busca promover mayor eficiencia y continuidad en la evaluación prudencial, evitando que la falta de cooperación o los tiempos de respuesta de autoridades extranjeras afecten el avance del trámite, indicó Karina Chinguel, de Vodanovic.
Sin embargo, hacer más dinámico el proceso de organización no implica que la SBS será menos exigente en la evaluación, advirtió Camila Hernández, de Rebaza, Alcázar & De Las Casas.

“Lo que está haciendo la superintendencia es reducir los pasos sobre los que no tenían control, por ejemplo, la interacción con el regulador extranjero. Con ello, hace más predecible el proceso y menos vulnerable a retrasos ajenos a la ley peruana. Pero no significa que otorgará licencias de manera más fácil”, aseveró.
Nuevo jugador
La SBS otorgó a BK la autorización para organizar una nueva empresa de crédito, decisión que marca un nuevo paso en la consolidación del grupo empresarial de origen chileno Bicecorp en el mercado financiero peruano.
Para ello, la entidad supervisora aprobó el proyecto de minuta presentado por los organizadores, el cual deberá ser elevado a escritura pública junto con el Certificado de Autorización correspondiente.
Este paso no implica aún el inicio de operaciones, ya que la empresa deberá cumplir previamente con los requisitos exigidos por la SBS para obtener la autorización de funcionamiento definitiva, conforme a lo establecido en el reglamento.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.








