
La nueva norma de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) refuerza los controles para evitar que los socios de las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac) asuman deudas que superen su capacidad de pago.
Uno de los principales cambios será el monitoreo posterior al otorgamiento del crédito, es decir, si la entidad detecta señales de sobreendeudamiento, podrá aplicar un seguimiento reforzado al socio, exigir una nueva evaluación financiera integral , restringir o condicionar nuevos préstamos.
La capacidad de pago será un criterio determinante para aprobar o alertar sobre una situación de sobreendeudamiento. El cálculo deberá incluir todas las cuotas de las obligaciones, incluso aquellas vinculadas al endeudamiento potencial entendido como avales y fianzas otorgados a terceros.
Estas exigencias buscan trasladar progresivamente al sistema cooperativo prácticas que ya se aplican en el sistema financiero, dijo Jorge Ojeda, docente de la UPC. Establecer criterios comunes permitirá reducir los riesgos asociados al sobreendeudamiento que hoy muestran algunos socios y un eventual impacto en los resultados de las coopac, advirtió.
Según la norma, la evaluación deberá considerar el endeudamiento total del socio, tanto en su coopac como en otras entidades del sistema financiero y cooperativo, utilizando centrales de riesgo y otras fuentes disponibles.
También exige considerar como variable de riesgo el número de entidades financieras o coopac con las que el socio mantiene créditos directos o indirectos. Estas reglas alcanzarán incluso a los créditos otorgados mediante campañas comerciales o colocaciones masivas.
Ojeda explicó que la unidad de riesgos podrá establecer alertas cuando detecte que un socio incrementa sus obligaciones durante la vigencia del préstamo, para advertirle que el aumento de su endeudamiento podría afectar futuras solicitudes.
Además, precisó que el condicionamiento de un nuevo crédito no implica necesariamente elevar la tasa de interés por mayor riesgo. Puede consistir, por ejemplo, en solicitar evidencias de nuevos ingresos u otros elementos que permitan demostrar que el socio mantiene capacidad de pago. Si las condiciones no se cumplen, el nuevo financiamiento podría ser restringido.
Mypes
En los créditos a micro y pequeñas empresas, el análisis también deberá incluir el endeudamiento personal y familiar cuando los miembros participen activamente en el negocio.
Ronald Casana, representante del Colegio de Economistas de Lima, sostuvo que muchas de las mype se desarrollan inicialmente dentro del núcleo familiar, por lo que incorporar esta información permite complementar el análisis del perfil crediticio.
Este seguimiento permitirá que las cooperativas actúen antes de que se produzca el incumplimiento, indicó. “No esperar que el cliente deje de pagar para recién poder intervenir”, señaló.
Casana detalló que esta medida responde a que, en la mayoría de casos donde el negocio es familiar y, alguno está mal calificado en la central de riesgo, es posible que se derive en una mala administración del negocio.
Consolidación
Asimismo, en esta etapa de consolidación del sistema cooperativo, la superintendencia busca un mejor manejo del riesgo, que el crecimiento no solo sea por colocar créditos, sino procurar que el financiamiento sea sostenible para el socio, expresó el economista.
“Una cooperativa no necesariamente se fortalece porque presta más, sino porque presta mejor”, afirmó.
En esta línea, la SBS dispone que las coopac elaboren, al menos trimestralmente, un informe sobre su exposición al riesgo de sobreendeudamiento, con el objetivo de que el monitoreo se mantenga durante toda la relación crediticia.
Adecuación a las nuevas reglas será gradual
Las nuevas exigencias para prevenir el sobreendeudamiento de los socios tendrán una implementación progresiva.
Las coopac de nivel 2B y 3, correspondientes a las de mayor tamaño dentro del esquema regulatorio, tendrán plazo hasta marzo de 2027 para adecuarse. Para las de nivel 2A, el plazo vencerá en septiembre de 2027. Finalmente, las Coopac de nivel 1 tendrán hasta marzo de 2028.
Los plazos buscan permitir que las entidades adapten sus sistemas de evaluación, monitoreo y gestión de riesgos a las nuevas disposiciones.

Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.







