Sunedu amplia plazo para que universidades con licencia denegada sigan operando. | Foto: Andina
Sunedu amplia plazo para que universidades con licencia denegada sigan operando. | Foto: Andina

en el marco del proceso de cese de actividades,

adicionales al plazo de cese establecido en el reglamento.

El reglamento del Proceso de Cese de Actividades, aprobado en septiembre de 2018, señaló que las universidades con denegatoria o cancelación de licencia deben fijar un plazo de cese que no supere 2 años, contados desde el semestre siguiente a la notificación de la resolución de denegatoria o cancelación.

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Cabe recordar que no es la primera vez que Sunedu aprueba una ampliación para universidades con licenciamiento denegado.

La última vez fue en octubre de 2024, mediante la resolución 0030-2024, donde el Consejo Directivo autorizó que las universidades en proceso de cese puedan solicitar una ampliación excepcional de hasta 18 meses adicionales para el otorgamiento de grados y títulos.

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Asimismo, cabe señalar que el artículo 16 del reglamento de cese establece que el plazo máximo para que las universidades en proceso de cierre otorguen grados y títulos es de hasta 24 meses, contados desde la culminación del último período de estudios.

La nueva disposición fue oficializada a través de una resolución publicada en el diario oficial El Peruano. | Foto: Andina
La nueva disposición fue oficializada a través de una resolución publicada en el diario oficial El Peruano. | Foto: Andina

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