
El Congreso publicó la Ley Nº 32680 para incorporar al jefe de práctica en la carrera docente universitaria, disponer su nombramiento excepcional y regular la promoción docente.
De esta manera, excepcionalmente, y por única vez, los jefes de práctica en funciones de las universidades públicas son nombrados en la categoría de docentes auxiliares siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Contar con título profesional, grado de maestro y tener como mínimo 5 años en el ejercicio profesional.
- b) Encontrarse, a la fecha de la entrada en vigor de la presente ley, realizando funciones de jefe de práctica.
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Asimismo, los jefes de práctica nombrados que cuenten con título profesional, grado de maestro y, como mínimo, con cinco años en el ejercicio profesional, son promovidos a la categoría de docentes auxiliares de las universidades públicas.
El Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con las universidades públicas, serán encargados de efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes a fin de garantizar el nombramiento y promoción excepcional dispuestos por la primera y segunda disposición complementaria final.







