
El Tribunal Constitucional (TC) evaluó en audiencia pública las demandas contra el Decreto de Urgencia 010-2025, que plantea la reestructuración de Petroperú mediante Proinversión y, tras escuchar a las partes, dejó el caso al voto para emitir una decisión final.
El primer turno se inició con los procesos de inconstitucionalidad interpuestos contra el Poder Ejecutivo, por la emisión del Decreto de Urgencia 010-2025, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la reorganización patrimonial de Petroperú y garantizar la continuidad de la cadena de producción.
La sesión continuó y, al finalizar, quedaron al voto (incluido el caso de la petrolera estatal) un total de 7 procesos de amparo, 3 de habeas corpus, 1 de habeas data y 1 de inconstitucionalidad, procedentes de Arequipa, Huánuco, Ica, Junín, Lambayeque, Lima y Piura.
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Como se recuerda, la Defensoría del Pueblo y la Municipalidad Provincial de Talara presentaron las demandas, con respaldo de los colegios de Abogados e Ingenieros. Estas instituciones alertaron que la norma podría permitir la privatización o división de Petroperú en medio de su crisis financiera.
El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, pidió evitar la privatización o el desmantelamiento de petrolera y rechazó que terceros operen la empresa mediante concesiones.
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Gutiérrez afirmó que la norma podría favorecer intereses de terceros antes que el interés nacional. Durante la audiencia, la Defensoría respondió las consultas técnicas del magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse.
El Decreto de Urgencia 010-2025 fue emitido el 31 de diciembre de 2025 durante el gobierno de José Jerí. La disposición propone separar activos y unidades de negocio de Petroperú para que sean administrados por operadores privados especializados. Sin embargo, los demandantes consideran que el Ejecutivo evitó el debate parlamentario y vulneró la separación de poderes.
Los demandantes sostuvieron que el decreto no cumpliría las condiciones constitucionales de urgencia e imprevisibilidad requeridas para este tipo de normas.

Detalles de las ponencias
Como parte del proceso de análisis de la demanda de inconstitucionalidad, se presentó Hebert Anderson Saldaña, a figura de la Defensoría del Pueblo. Durante su exposición, acusó que la reestructuración entraña una “privatización encubierta”.
“De un análisis riguroso que hicimos, [evidenciamos] que se fraccionan [los activos estratégicos], de manera que la parte primordial de la empresa será objeto de una privatización, mediante un fideicomiso. Según un informe reciente del mismo ProInversión, solo va a retenerse lo que importe costo social, es decir, se queda con las pérdidas y se transfiere lo que es objeto de rentabilidad”, indicó.
Saldaña mencionó que otro análisis que realizaron a partir de cifras oficiales de la petrolera presentó que estaba en un “período de recuperación sostenido” desde mediados del 2025.
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“[Estaban en recuperación] pese a la crisis [global del petróleo] que se experimenta. Al desactivar la Refinería de Talara, se ocasionó una grave falencia”, sostuvo.
En general, el representante de la Defensoría del Pueblo indicó que la empresa ha sido objeto de una mala gestión, “incluso hasta dolosa”, que la ha llevado a extremos de registrar falta de liquidez e hidrocarburos. Aun así, no se justifica la intervención gubernamental de este tipo.
“A partir de cifras oficiales, [identificamos que] la empresa no estaba en quiebra financiera. En el decreto se menciona el riesgo de insolvencia, pero hay que analizarlo con detenimiento”, aseveró.
Por el lado demandado, se presentó Ángel Gustavo Delgado, director de proyectos de reorganización patrimonial y operativa de Petroperú de ProInversión, quien detalló la crítica situación de la empresa pública.
Delgado señaló que el decreto se aprobó ante un estado “crítico” de la compañía y en el que el Estado solo tenía “dos opciones sobre la mesa”: intervenir o no.
“La alternativa de volver a hacer las cosas como siempre carece de viabilidad técnica y ética. Seguir inyectando dinero bajo el modelo anterior implica un desperdicio injustificado de fondos en un país donde los recursos son claramente escasos”, refirió.

El vocero de ProInversión indicó que, al cierre del 2025, la petrolera transitaba una “crisis significativa de su capital de trabajo” y, por ende, un riesgo inminente del “cese de sus operaciones”.
“La empresa acumuló pérdidas netas de más de US$ 468 millones en el 2025. Para graficar la situación de liquidez, el saldo final de caja a diciembre del 2025 era de apenas S/ 66 millones frente a obligaciones corriente que superaban los US$ 1,000 millones. Todo esto enmarcado en un pasivo financiero que desde 2013 creció en 13 veces y superaba los US$ 6,300 millones”, describió.
Delgado agregó que el Gobierno tuvo que intervenir porque existía un “peligro jurídico mayor”. Describió que, por las pérdidas acumuladas, la compañía redujo su patrimonio “de manera drástica”, acercándola al supuesto de liquidación obligatoria que se señala en la Ley General de Sociedades.
“Cuando una empresa alcanza un deterioro patrimonial del 60%, los accionistas están obligados a liquidarla o reducir en ese margen el patrimonio”, contó.
A esto sumó que, dada las significativas deudas impagas con proveedores comerciales, al cierre del año pasado una empresa formalmente pidió su inicio de proceso concursal ante el Indecopi.
“Si esto prosperaba, lo que no ocurrió por este decreto, hoy el destino no estaría en las manos de los accionistas, es decir, el Estado peruano, sino en los acreedores”, subrayó.






