Avanza País solicitó el archivo del procedimiento sancionador, señalando que  Williams Zapata no registra sentencias condenatorias firmes por delito doloso. (Foto: Congreso)
Avanza País solicitó el archivo del procedimiento sancionador, señalando que  Williams Zapata no registra sentencias condenatorias firmes por delito doloso. (Foto: Congreso)

José Williams advierte que el penal de Challapalca ha llegado a su límite operativo

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 dispuso el inicio de un procedimiento sancionador contra para las Elecciones Generales 2026, por una presunta omisión de información en su declaración jurada de Hoja de Vida.

La medida fue adoptada tras un proceso de fiscalización que identificó la supuesta falta de registro de una sentencia condenatoria vinculada a un delito doloso, información considerada obligatoria por la normativa electoral vigente aplicable al proceso electoral en curso.

Inicio del procedimiento sancionador electoral

Según el documento oficial, el procedimiento se sustenta en la presunta omisión de consignar información relevante en el Rubro V de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, referido a sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos, informó Canal N.

La resolución precisa que esta omisión constituye una infracción contemplada en la Ley de Organizaciones Políticas y en el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026.

LEA TAMBIÉN: José Williams advierte que el penal de Challapalca ha llegado a su límite operativo

Fiscalización de la hoja de vida del candidato

El proceso se origina a partir del Informe N.º 000002-2026-LDH-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE. En dicho informe se advierte la existencia de antecedentes judiciales no declarados.

De acuerdo con la fiscalización, se detectó una referencia a un expediente judicial por homicidio calificado que, según la información remitida, se encontraría en estado de ejecución al momento de la evaluación electoral.

La información fue corroborada mediante un oficio emitido por la Corte Superior de Justicia de Lima, documento que fue incorporado al expediente administrativo del Jurado Electoral Especial.

El Jurado Electoral Especial sustenta su decisión en el artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, que obliga a los candidatos a declarar todas las sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos en su hoja de vida.

LEA TAMBIÉN: Avanza País inscribe plancha presidencial con José Williams de candidato

Asimismo, el reglamento electoral establece que la omisión de dicha información puede derivar en la exclusión del candidato hasta treinta días antes del día de la elección general.

La resolución también hace referencia al artículo 43 del Reglamento de Inscripción, que dispone la exclusión cuando se advierte la existencia de una condena vigente con pena privativa de libertad.

Avanza País solicitó el archivo del procedimiento sancionador, señalando que  Williams Zapata no registra sentencias condenatorias firmes por delito doloso. (Foto: Congreso)
Avanza País solicitó el archivo del procedimiento sancionador, señalando que  Williams Zapata no registra sentencias condenatorias firmes por delito doloso. (Foto: Congreso)

Plazo otorgado a Avanza País

El Jurado Electoral Especial dispuso que la organización política Avanza País – Partido de Integración Social presente sus descargos en un plazo máximo de un día calendario desde la notificación oficial.

La notificación fue dirigida al personero legal titular del partido, Aldo Fabrizio Borrero Rojas, a través de la casilla electrónica habilitada por el sistema electoral.

La resolución advierte que, de no presentarse descargos dentro del plazo establecido, el órgano electoral podrá emitir pronunciamiento con la información disponible en el expediente.

Contenido de los descargos presentados

En su escrito de descargos, Avanza País solicitó el archivo del procedimiento sancionador, señalando que José Daniel Williams Zapata no registra sentencias condenatorias firmes por delito doloso.

El documento sostiene que la información observada corresponde a un incidente procesal y no a una sentencia condenatoria, por lo que, según la organización política, no existió omisión en la Declaración Jurada de Hoja de Vida.

El partido adjuntó certificados de antecedentes penales y judiciales, además de resoluciones emitidas por instancias judiciales y militares relacionadas con el caso mencionado en la fiscalización.

Análisis del Jurado Electoral Especial

El Jurado Electoral Especial evaluará los argumentos presentados por la organización política junto con la documentación incorporada al expediente administrativo.

El procedimiento se encuentra actualmente en etapa de análisis, conforme a las disposiciones establecidas en el cronograma electoral para las Elecciones Generales 2026.

La decisión final será comunicada a las partes a través de los canales oficiales del sistema electoral, una vez concluida la evaluación de los descargos.

TE PUEDE INTERESAR

Elecciones 2026: candidatos presidenciales tendrán protección, dice premier Álvarez
Apra: partidos que sostienen a Jerí comenten un grave error que se verá en las elecciones
Elecciones 2026: Laberinto en una cédula
Votación de peruanos en el extranjero: aprueban lineamientos para elecciones 2026

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.