La ley habilita, por única vez, la postulación de dos grupos de ciudadanos. Foto: GEC.
La ley habilita, por única vez, la postulación de dos grupos de ciudadanos. Foto: GEC.

El Poder Ejecutivo promulgó este jueves la Ley Nº 32536 que modifica de manera excepcional la Ley Orgánica de Elecciones con el objetivo de ampliar el período de afiliación política para participar como candidatos en las

La norma, publicada el 24 de diciembre, incorpora una vigesimoprimera disposición transitoria a la Ley 26859 y establece nuevas reglas temporales para la afiliación a organizaciones políticas, exonerando el cumplimiento del plazo ordinario previsto en la Ley de Organizaciones Políticas.

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¿A quiénes beneficia la norma?

La ley habilita, por única vez, la postulación de dos grupos de ciudadanos:

  • Quienes se afiliaron a una organización política entre el 8 de octubre de 2024 y el 7 de octubre de 2025, sin importar afiliaciones previas registradas. En estos casos, se les exonera del plazo mínimo de afiliación exigido por ley.
  • Quienes se afilien entre el 8 de octubre de 2025 y el 7 de enero de 2026, siempre que no tengan una afiliación política vigente al 8 de octubre de 2025. Este grupo también queda exceptuado del plazo establecido para postular.
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La norma precisa que entra en vigor al día siguiente de su publicación, al exceptuarse de lo dispuesto en el artículo XIII del título preliminar de la Ley Orgánica de Elecciones, en concordancia con el artículo 109 de la Constitución.

Asimismo, el , la ONPE y el Reniec deberán reglamentar la aplicación de la ley en un plazo máximo de 30 días calendario, dentro del ámbito de sus competencias.

La ampliación del período de afiliación se da en un contexto de ajustes al cronograma electoral rumbo a los , y busca facilitar la participación política de nuevos candidatos, manteniendo su carácter excepcional y no permanente.

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