
La Línea Amarilla está nuevamente en la palestra. La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) aseguró, a través de un comunicado, que “la Corte de París aceptó revisar los indicios de corrupción en el contrato de la Línea Amarilla, como parte del proceso de anulación de los laudos arbitrales LIMEX I y II, que validaron ilegalmente el contrato y sus adendas”. Sin embargo, Lima Expresa le enmendó la plana a la MML, pues -argumentaron- no se habla de ninguna anulación o similar.
Los argumentos de la MML sobre Línea Amarilla
La comuna capitalina, a través de un comunicado, sostuvo que la medida permitirá investigar los hechos por los que se le acusa a la exalcaldesa Susana Villarán y a exfuncionarios de la empresa brasileña OAS.
Asimismo, exhortó al Poder Judicial y al Ministerio Público a acelerar el juicio contra Villarán, y propuso programar las audiencias correspondientes de manera diaria debido a la gravedad del caso.
Cabe recordar que el 23 de septiembre inició el juicio oral contra la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán, y otros 17 acusados por los presuntos aportes recibidos de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS para sus campañas de No a la Revocatoria en 2013 y su fallida reelección en 2014, a cambio de licitaciones en la comuna limeña.
La Municipalidad Metropolitana de Lima inició en 2019 un arbitraje internacional por el caso Línea Amarilla ante La Cámara de Arbitraje Internacional de París, alegando que el contrato de concesión, así como sus adendas, se habían firmado producto de actos de corrupción y solicitaron que se declarara la nulidad del contrato con la empresa concesionaria Lima Expresa.
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Lima Expresa sostuvo que no se han anulado los laudos arbitrales
Lima Expresa, concesionaria de la Vía de Evitamiento y la vía expresa Línea Amarilla, se pronunció respecto a la información difundida por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
En relación con el proceso arbitral, la compañía señaló que la Corte de Apelaciones de París, mediante Resolución Nº 62/2025 del 30 de septiembre de 2025, dispuso acumular los pedidos de nulidad de laudos presentados por la Municipalidad Metropolitana de Lima para emitir una única decisión.
“Esta disposición dejó sin efecto el cierre de las actuaciones, lo que constituye una decisión dentro del proceso y no una resolución que anule laudos arbitrales, como menciona la MML”, indicó a través de un comunicado.
Añadió que los laudos vigentes entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Lima Expresa mantienen plena validez y deben ser respetados conforme a lo establecido en los procesos correspondientes.
“Lima Expresa reafirma su compromiso con la transparencia, el respeto a los procesos legales y la difusión de información precisa, en beneficio de sus usuarios y de la ciudadanía en general”, finalizó.
Lo que dice exactamente el fallo del 30 de septiembre
Se entiende que los puntos “en discordia” son el 15 y 16 del fallo de la Corte de París del 30 de septiembre.
En el 15 se menciona (el idioma original es francés): “En ausencia de la entrega de una traducción completa de estos documentos, el tribunal no está en condiciones de llevar a cabo un análisis completo del caso y de los argumentos presentados por las partes, tanto en la demanda como en la defensa”.
Por tanto, se complementa en el punto 16: “En consecuencia, en aplicación de los artículos 6, 8, 16, 442 y 444 del código de procedimiento civil, corresponde ordenar la reapertura del debate e invitar a MML a presentar, mediante comunicación de documentos entre abogados según un listado, una traducción libre de los siguientes documentos (...)”.
Entre esos documentos están contratos, protocolos de acuerdo, adendas, entre otros.








