Alberto Fujimori seguirá siendo juzgado por los delitos de homicidio calificado y asesinato por alevosía en caso Pativilca.
Alberto Fujimori seguirá siendo juzgado por los delitos de homicidio calificado y asesinato por alevosía en caso Pativilca.

El expresidente sufrió un revés judicial en el juicio oral iniciado en su contra por el . La Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora rechazó el recurso presentado por el abogado del exmandatario, , para que se le archiven los delitos que pesan en contra de su patrocinado (homicidio calificado y asesinato con alevosía).

La defensa del expresidente había planteado un recurso de excepción de naturaleza de acción en el que advertía que la imputación contra Fujimori no era concreta, por lo que buscaba que el caso pase al archivo definitivamente.

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En respuesta, el representante de la Fiscalía reiteró que los hechos imputados contra Fujimori en este caso sí constituyen delitos de homicidio calificado y asesinato con alevosía, considerados como lesa humanidad. Recordó que el exmandatario es acusado de ser autor mediato de estos crímenes ocurridos en el año 1992, junto con su exasesor,

Tras escuchar a ambas partes, la titular de la sala penal, Miluska Cano López, declaró improcedente el recurso presentado por Riera, por lo que Fujimori seguirá siendo juzgado por los delitos de homicidio calificado y asesinato con alevosía.

En su resolución, la magistrada consideró que el hecho denunciado sí constituiría delito. Además, mencionó que el recurso fue planteado el mismo día de inicio del juicio oral, lo que contraviene el Código de Procedimientos Penales.

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El abogado de Fujimori anunció que presentará un recurso de nulidad. .

¿De qué se le acusa a Fujimori en el caso Pativilca?

El Ministerio Público acusó a Fujimori, Montesinos, el excomandante general del Ejército, Nicolás Hermosa Ríos, y demás coprocesados y los encontró responsables de los delitos de homicidio calificado y asesinato con alevosía (considerado como delito de lesa humanidad). Por estos hechos, solicitaron contra todos ellos 25 años de prisión efectiva, así como una inhabilitación para ejercer la función pública por 5 años.

Además, se planteó que Fujimori y los demás investigados paguen, de manera solidaria, una reparación civil de S/500,000 en favor del Estado y de las víctimas.

Para la Fiscalía, Fujimori, en su condición de presidente, “elaboró una política para la identificación y eliminación de presuntos terroristas”. Según dijo, los planes eran elaborados por Montesinos y ejecutados por el grupo paramilitar “Colina”.

Producto de estas actividades ilícitas, este grupo paramilitar, al mando de Carlos Pichilingüe Guevara y Santiago Martin Rivas, perpetró un crimen el pasado 29 de enero de 1992, en la Pampa de San José y Caraqueño de la ciudad de Barranca (Lima), que terminó con la vida de seis campesinos: Jhon Gilber Calderón Ríos, César Rodríguez Esquivel, Toribio Ortiz Aponte, Pedro Agüero Rivera, Nieves Arias Velásquez y Felandro Castillo Manrique.

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La Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora continuó este jueves el juicio oral contra el condenado expresidente  por el . La fiscalía pide 25 años de prisión por homicidio y desaparición forzada de seis pobladores de la Pampa de San José y Caraqueño, perpetrado el 29 de enero de 1992.

Durante la audiencia, la sala rechazó un recurso presentado por la defensa de Fujimori, Elio Riera, para que el caso se archiven los delitos. Previamente, la fiscalía reiteró que los hechos imputados en este caso sí constituyen delitos de homicidio calificado y asesinato con alevosía, considerados como lesa humanidad. Añadió que el expresidente es acusado como autor mediato de los crímenes, junto con su exasesor Vladimiro Montesinos.

La defensa de Fujimori había planteado un recurso de “excepción de naturaleza de acción” cuestionando que la imputación contra su patrocinado no era concreta, entre otros puntos, y con lo cual se buscaba que el caso pase al archivo definitivamente.

Este jueves, la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora evaluó este pedido y, tras escuchar a las partes, lo declaró “improcedente”, al considerar que el hecho denunciado sí constituiría delito. Además, se mencionó que el recurso fue planteado el mismo día de inicio del juicio oral, contrario a lo que señala el Código de Procedimientos Penales.

“Este tribunal, escuchando a las partes procesales [...] resuelve: declarar improcedente la excepción de naturaleza de acción deducida por la defensa del acusado Alberto Fujimori Fujimori en la presente causa”, señaló la jueza Miluska Cano López.

Por su parte, Riera anunció que persentará recurso de nulidad.

Durante la audiencia del jueves 4 de enero, el abogado de Fujimori, Elio Riera,  por el que su patrocinado fue excarcelado el 6 de diciembre y se le excluya de dicho juicio.