Multas de tránsito. (Foto: Andina)
Multas de tránsito. (Foto: Andina)

El Gobierno estableció, mediante el , un régimen excepcional que permite a transportistas y conductores acceder a un descuento del 90% en sus multas de tránsito. No obstante, la medida excluye a un grupo de infracciones graves.

Asimismo, explicó que esta medida busca facilitar el pago de las sanciones pendientes a los conductores de transporte público y privado, pero que “no constituye una medida de impunidad”.

Estas son las 13 infracciones excluidas

Código¿Qué conducta sanciona?
F.1Prestar servicio de transporte de personas o mercancías sin autorización o en una modalidad o ámbito distinto al autorizado.
F.7Atentar contra la integridad física de un inspector durante sus funciones.
T.3Operar una infraestructura complementaria sin Certificado de Habilitación Técnica.
M.1Conducir bajo efectos del alcohol o drogas y participar en un accidente de tránsito.
M.2Conducir bajo efectos del alcohol o drogas, o negarse a la prueba correspondiente.
M.3Conducir sin licencia de conducir o permiso provisional.
M.4Conducir con licencia retenida, suspendida o estando inhabilitado.
M.20.CSuperar el límite máximo de velocidad en más de 30 km/h.
M.27Conducir un vehículo sin certificado de inspección técnica vehicular.
M.28Circular sin SOAT o CAT vigente, cuando corresponda.
M.37Ocasionar un accidente con daños personales incumpliendo las normas de tránsito.
M.38Conducir un vehículo transporte público y ocasionar un accidente con daños personales.
M.39Ocasionar un accidente con lesiones graves o muerte 
incumpliendo las normas de tránsito.
Multas de tránsito. (Foto: GEC)
Multas de tránsito. (Foto: GEC)

Multas que sí están incluidas

Arturo Ruiz Facundo, director de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial del MTC, dijo que el beneficio sí comprende un amplio conjunto de infracciones de tránsito, como girar incumpliendo una regla de tránsito, invadir el crucero peatonal o detenerse sobre una línea amarilla.

La norma señala que podrán acogerse multas pendientes de iniciar procedimiento sancionador, en trámite, firmes, impugnadas o en ejecución coactiva. Asimismo, las sanciones impuestas durante el periodo de vigencia del régimen.

En el caso de las multas impugnadas, el conductor deberá presentar el desistimiento del recurso administrativo para acceder a la reducción. Además, las multas pagadas bajo este régimen no generarán puntos en la licencia de conducir ni serán consideradas para determinar reincidencia o habitualidad.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.