Modifican el Reglamento Nacional de Tránsito con relación al estado de emergencia. (Foto: Andina)
Modifican el Reglamento Nacional de Tránsito con relación al estado de emergencia. (Foto: Andina)

El gobierno aprobó un Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Tránsito, cambiando la tipificación de infracciones, cobro de sanciones y reglas para circular en zonas en estado de emergencia.

Esta nueva disposición fue publicada en el diario oficial El Peruano en edición extraordinaria.

El artículo 1 del decreto modifica el Reglamento Nacional de Tránsito, ajustando el numeral 1 del artículo 336 y la infracción M41 del

LEA TAMBIÉN: Gobierno prohibirá circular a dos personas en una moto: los detalles y críticas al decreto

La norma cambia el procedimiento sancionador y permite dos descuentos. Tras recibir la papeleta de infracción, el presunto infractor, ya sea conductor o peatón, puede pagar el 17% de la multa dentro de 5 días hábiles de la notificación o el 33% desde el sexto día hábil previo a la notificación de la resolución sancionadora.

Este beneficio no aplica para las infracciones tipificadas como M1, M2, M3, M4, M5, M6, M7, M8, M9, M12, M16, M17, M20, M21, M23, M27, M28, M29, M31 M32, M41 inciso b.2) del literal b), y M42.

LEA TAMBIÉN: MTC establece nuevo esquema de descuento de puntos por curso de seguridad vial

Asimismo, tras el pago, la Municipalidad Provincial competente o la Sutran, de ser el caso, dará por concluido el procedimiento, registrando la sanción en el Registro Nacional de Sanciones.

El pago implica el reconocimiento de la infracción y de la sanción. Además, los puntos firmes se generan conforme a lo establecido en el Reglamento del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos, aprobado por Decreto Supremo 025-2021-MTC.

LEA TAMBIÉN: Desabastecimiento de placas: AAP dice que el MTC ya tiene la solución en sus manos

Por otro lado, el artículo 2 incorpora el artículo 140-B al Reglamento Nacional de Tránsito, referido al tránsito en zonas declaradas en estado de emergencia.

Esta disposición indica que en lugares en estado de emergencia por orden interno, la norma de declaratoria de emergencia puede establecer restricciones al tránsito y uso de vehículos en la vía pública.

Cabe precisar que

La nueva normativa entrará en vigor a los 5 días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. (Foto: Andina)
La nueva normativa entrará en vigor a los 5 días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. (Foto: Andina)

TE PUEDE INTERESAR

Cofide alcanza utilidad de 100 millones de soles al cierre de 2025: Los factores
Reto de cálculo: ¿puedes encontrar los números que faltan en la pirámide numérica?
Fernando Rospigliosi: elaboran moción de censura por ley de lesa humanidad

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.