
El Gobierno modificó el reglamento de la Ley del Servicio Militar mediante el Decreto Supremo 018-2025-DE, con el objetivo de fortalecer su marco normativo, promoviendo mayor inclusión ciudadana y optimizando los procesos de inscripción, llamamiento, entrenamiento y licenciamiento.
Este decreto modifica varios artículos del reglamento de la Ley 29248, específicamente los 30, 62, 88, 127 y 138, e incorporó un nuevo numeral en el artículo 88 del Reglamento de la norma.
La modificación precisó que los menores, al cumplir los 17 años, deberán inscribirse en el Registro Militar. Sin embargo, dicha inscripción se podrá hasta antes de cumplir los 18, caso contrario, se considerará “omiso a la inscripción”.
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Para regularizar esa situación, el omiso deberá pagar una multa equivalente al 5% de la UIT vigente, en el Banco de la Nación, a nombre y código de la institución armada en la que se inscribe.
Según la norma, el omiso quedará exonerado de la multa si culmina el Servicio Militar Acuartelado dentro del plazo legal y, además, deberá llenar la Hoja de Datos Personales y otros documentos que le solicite la Oficina de Registro Militar.
Por otro lado, la medida estableció que el personal licenciado del Servicio Militar Acuartelado tiene, como uno de sus beneficios, el acceso a capacitación técnica orientadora para facilitar su postulación o acceso a empleos en el sector transporte terrestre y acuático.
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Para ello, el Ministerio de Defensa (Mindef) gestionará convenios y mecanismos de colaboración con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), sin que ello implique que dicha capacitación otorgue habilitación, certificación técnica o licencias para el ejercicio directo de actividades reguladas en el sector.
La norma también señaló que el Poder Ejecutivo puede prorrogar, mediante Decreto Supremo, el período de instrucción y entrenamiento de las reservas convocadas, tanto por llamamientos ordinarios como extraordinarios, por razones de Seguridad y Defensa Nacional.
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¿Cómo inscribirse?
Todo ciudadano peruano debe inscribirse obligatoriamente en el Registro Militar al cumplir los 17 años, como parte de sus obligaciones vinculadas al servicio militar.
Esta inscripción permite al sector Defensa contar con un registro actualizado de peruanos en edad militar, de 17 a 50 años, y facilitar a quienes deseen postular voluntariamente al Servicio Militar.
Una de las formas para realizarse es mediante una página web habilitada para ello (click aquí).
Sin embargo, también se puede realizar de manera presencial acercándose a una Oficina de Registro Militar de la Fuerza Aérea, Marina de Guerra o Ejército del Perú junto con el DNI de las personas a inscribirse.
Ambos trámites son gratuitos.
En el caso de peruanos residentes en el extranjero, la inscripción debe realizarse acudiendo al Consulado del Perú en el país donde se encuentren.









