
Cuatro grupos parlamentarios del Senado —Juntos por el Perú, Buen Gobierno, Ahora Nación y Obras— presentaron una solicitud de remoción por falta grave contra el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez Cóndor.
El pedido fue presentado ante el presidente del Senado, Miguel Torres, y plantea como causal una presunta actuación negligente en el cumplimiento de las obligaciones y deberes del cargo, contemplada en el artículo 4, inciso 4, de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo.
Según el documento, para aprobar la remoción y declarar la vacancia del cargo se requiere el voto favorable de dos tercios del número legal de integrantes de la Cámara Alta. Esto representa 40 votos de los 60 senadores que conforman el periodo parlamentario 2026-2031.
Las dos razones de la solicitud
Los parlamentarios consideran que estas expresiones excedieron la descripción de un escenario hipotético y que el defensor del Pueblo introdujo en el debate público un cálculo sobre las consecuencias políticas y presupuestales de una eventual disolución del Parlamento.
El documento sostiene que, al vincular el cierre del Congreso con un eventual aumento de la aprobación presidencial y un ahorro presupuestal, Gutiérrez habría planteado una consideración de conveniencia política respecto a la interrupción del funcionamiento de uno de los poderes del Estado.

De acuerdo con el reportaje citado en la solicitud, varias personas sin experiencia en el sector público habrían accedido a contratos estatales y puestos en planilla de la Defensoría luego de mantener reuniones directas con Gutiérrez. También se señala que se habrían modificado registros sobre tiempo de servicio y ajustado perfiles profesionales para favorecer a otras personas que ocupaban cargos de alto nivel.
¿Qué sigue con el pedido contra Gutiérrez?
En cuanto al procedimiento, las bancadas solicitan al presidente del Senado que derive el caso a la Comisión de Procedimientos Especiales. Esta instancia tendría un plazo de 30 días hábiles para evaluar las pruebas, solicitar los descargos correspondientes y elaborar su informe.
Antes de que el pleno del Senado debata y vote la solicitud, el defensor del Pueblo o su abogado tendrán derecho a participar en una audiencia para presentar sus alegatos.
Los grupos parlamentarios también pidieron convocar a la Junta de Portavoces y disponer la remisión del expediente a la comisión, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 204 del Reglamento del Senado.
El documento concluye solicitando que, una vez cumplidas estas etapas, la Comisión de Procedimientos Especiales emita el informe que deberá ser deliberado y votado por el pleno del Senado.







