
La digitalización como herramienta de fiscalización
Como se sabe, la regulación de las guías de remisión constituye un elemento fundamental para el control del traslado de bienes y la verificación de las operaciones económicas realizadas por los contribuyentes. Últimamente es motivo de amplia fiscalización y determinación de indicios de operaciones no reales.
Es pertinente recordar que las modificaciones introducidas por la Resolución de Superintendencia N.° 123-2022/SUNAT no deben olvidarse y se enmarcan en el proceso de transformación digital impulsado por la Administración Tributaria, cuyo objetivo es fortalecer la trazabilidad de las mercancías y mejorar los mecanismos de auditoría fiscal.
A través de estas medidas, la SUNAT busca obtener información más precisa y oportuna sobre las operaciones de transporte, reduciendo los espacios que podrían facilitar conductas de evasión o incumplimiento tributario.
La implementación de herramientas electrónicas responde a una tendencia observada en diversas administraciones tributarias, las cuales han incorporado tecnologías digitales para optimizar el control de las actividades económicas.
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Discrecionalidad sancionatoria recientemente prorrogada
A través de la resolución No. 31-2026-SUNAT/700000 se ha prorrogado la facultad discrecional para no aplicar sanciones administrativas por infracciones vinculadas a las guías de remisión.
En consecuencia, la resolución dispone que la facultad discrecional para no sancionar la infracción tipificada en el numeral 5 del artículo 174 del Código Tributario, relacionada con la GRE – transportista, será aplicable respecto de las infracciones detectadas desde el 1 de julio del 2026 hasta el 28 de febrero del 2027.
Asimismo, se establece que la facultad discrecional para no sancionar la infracción prevista en el numeral 9 del artículo 174 del Código Tributario, vinculada con la GRE – remitente, se aplicará respecto de las infracciones detectadas desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto del 2026.
En ambos casos se sancionaría por transportar o remitir bienes sin una guía de remisión electrónica.
La eliminación de la factura guía y el fortalecimiento documental
Recuérdese que uno de los cambios más relevantes bajo la indicada resolución 123 ha consistido en la eliminación de la posibilidad de sustentar el traslado de bienes mediante la denominada “factura guía”. A partir de esta modificación, el transporte debe acreditarse mediante las guías de remisión que correspondan, según la operación realizada. Esta medida busca otorgar mayor claridad al sistema documental y evitar que un mismo documento cumpla funciones distintas.
Desde una perspectiva crítica, la decisión resulta coherente con el propósito de fortalecer la trazabilidad de las operaciones. La utilización de documentos específicos para cada finalidad permite una mejor identificación de los sujetos intervinientes y de las características del traslado.
Sin embargo, también implica mayores exigencias administrativas para los contribuyentes, quienes deben adecuar sus procedimientos internos y garantizar el correcto cumplimiento de las nuevas obligaciones formales.

Los nuevos mecanismos de control y validación
En la resolución 123 recuérdese que se incorporan nuevos campos de información en las guías de remisión electrónicas, así como catálogos de códigos destinados a uniformizar el registro de determinados datos. Estas modificaciones permiten una descripción más detallada de las operaciones y facilitan las labores de seguimiento y verificación realizadas por la SUNAT.
Especial atención merece la incorporación de la guía de remisión “por evento”, destinada a documentar situaciones excepcionales que impidan culminar el traslado conforme a las condiciones inicialmente previstas. Esta figura representa una innovación relevante, pues permite reflejar incidencias ocurridas durante el transporte y proporcionar así información actualizada sobre el destino o situación de los bienes trasladados.
De igual manera, la regulación de mecanismos de conformidad y disconformidad respecto de la información consignada en las guías electrónicas fortalece los controles posteriores.
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Los retos para los contribuyentes y la eficacia de la reforma
La norma también contempla supuestos excepcionales que permiten el uso de formatos impresos cuando existan circunstancias que dificulten la emisión electrónica, como problemas de conectividad o situaciones no atribuibles al contribuyente. Esta previsión resulta adecuada porque reconoce las limitaciones tecnológicas que aún pueden presentarse en determinadas actividades económicas y zonas geográficas.
Como vemos, en materia de guías, la incorporación de un enfoque preventivo frente a ciertos incumplimientos evidencia una estrategia orientada a facilitar la adaptación de los contribuyentes a las nuevas disposiciones, que son un reto para el cumplimiento tributario.
En lugar de privilegiar una respuesta estrictamente sancionadora, la Administración Tributaria promueve inicialmente la corrección de errores y el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales, lo cual es un claro acierto.
A tomar nota señores empresarios.

Catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC. Director de la Maestría en Tributación de la UPC







