
Recuperó el primer puesto. Como consecuencia de dos casos nuevos registrados en lo que va del 2026, Perú nuevamente es el país de América Latina que más casos activos tiene ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI).
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Los casos “nuevos”
Contrario a lo que pasó en 2024, donde Perú sumó cuatro casos en el CIADI, el año pasado solo se agregó un caso a la lista: Brookfield, el gestor de fondos canadiense, que decidió llevar al país ante este tribunal.
Curiosamente, y sin estar vinculado directamente a la coyuntura, las nuevas controversias del 2026 son del sector energético, tan agitado recientemente por el fallo del ducto de gas de Camisea, así como los efectos de la guerra en Medio Oriente en los precios del petróleo.
El primero se registró el 22 de enero. Upland Oil ha decidido demandar ante el CIADI a Perupetro. Su queja responde a que fue descalificado durante el 2025, en más de una oportunidad, para operar el Lote 192 por una presunta incapacidad financiera.
La firma iba a ser socia de Petroperú en este yacimiento. Este es su segundo litigio contra la entidad peruana en el CIADI, luego de que en el 2023 se archivara una demanda similar.

El segundo es una demanda que la encabeza Blue Water Worldwide LLC junto a otras 12 empresas estadounidenses, que ingresó al CIADI el 10 de febrero. Según reportó el Estudio Bullard Falla Ezcurra se trata de un reclamo tributario en el sector eléctrico.
Al amparo del Acuerdo de Promoción Comercial entre Perú y Estados Unidos (EE.UU.), las 13 empresas aluden haber hecho un pago en exceso del impuesto de la ganancia de capital luego de haber hecho una venta en 2019 a Bogotá Energy Group.
Al respecto, Ricardo Ampuero, experto en arbitrajes internacionales, recordó que el sector energía es uno de los más regulados en Perú, lo que hace que cualquier cambio regulatorio o de otro tipo, pueda derivar en disputas complejas.
“Se ha vuelto relativamente común que controversias tributarias se lleven al plano internacional por inversionistas extranjeros. Los nuevos tratados de inversión incorporan excepciones específicas para delimitar el alcance de las disputas tributarias”, remarcó.
Por su parte, Fabio Núñez del Prado, socio en Rebaza, Alcázar & De Las Casas coincidió en que las disputas tributarias por resolver en instancias internacionales están en tendencia. Otros sectores, a su criterio, serían minería e infraestructura.
“Muchos inversionistas consideran que Sunat ha sido arbitrario con ellos. El caso más emblemático es el de Telefónica, pero no es el único. Seguro veremos otros en el futuro”, indicó.
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Se suman quejas de “impago”
Este mes, otro hecho despertó atención entre inversionistas. Si bien Perú sigue ganando casos en el Ciadi, se ha hecho “costumbre” ver empresas que vencieron al país en litigios hacer público que el Estado peruano no paga a tiempo.
El último martes, Desarrollo Vial de los Andes (Deviandes) dio a conocer que demandó al Perú ante la Corte del Distrito de Columbia, en EE.UU., con el objetivo de ejecutar un laudo arbitral del CIADI que le fue favorable por US$ 99.4 millones.

Sobre esta situación, Núñez del Prado reveló que un detalle que hace atractivo al Ciadi es que, en virtud del Convenio de Washington, sus laudos son ejecutables en casi todas las jurisdicciones del mundo.
“En arbitrajes administrados por otras instituciones, una vez se dicta el laudo, si quieres ejecutarlo en otro país, se inicia un proceso que se llama exequátur. En un arbitraje CIADI no es necesario”, explicó.
Núñez del Prado agregó que ello implica que los inversionistas identifiquen donde el país demandado, en este caso Perú, tiene activos disponibles.
Ampuero, por su lado, dijo que el desembolso de recursos públicos está sujeto a procedimientos administrativos y a programación presupuestal, lo que puede generar desfases entre el momento en que se dicta un laudo y el momento en que se materializa el pago efectivo.
“Desde la perspectiva de política pública, lo importante es que el Estado mantenga señales claras de cumplimiento de sus obligaciones internacionales, lo cual ha sido una constante en la práctica peruana”, resaltó.
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“Cláusula CIADI” favorece repunte peruano
Ampuero comentó también algo que Gestión hizo notar en informes pasados sobre está problemática: la llamada “cláusula CIADI”, una inclusión en los grandes contratos que ha caracterizado al Perú para atraer inversiones.
“Como consecuencia de ello, numerosas controversias contractuales terminaron registrándose en el CIADI, a diferencia de lo que ocurre en otros países donde esos conflictos se resuelven en arbitrajes comerciales o en otras instituciones”, sostuvo el experto.
Ampuero detalló también que, de los 23 casos activos de Perú, 14 se tramitan bajo tratados de inversión, que suele ser la brújula con la que se analizan las estadísticas arbitrales. La “cláusula CIADI” suma otros casos que son asuntos netamente contractuales y tributarios.
“Bajo ese criterio, el Perú tendría en realidad 14 arbitrajes de inversión activos, lo que lo ubicaría aproximadamente en el tercer lugar, después de México y Colombia, cuyos casos en el CIADI son exclusivamente bajo tratado”, planteó.

Periodista económico con más de 5 años de experiencia en el rubro. Conductor de "En Clave Económica" de Diario Gestión en YouTube. Licenciado en Comunicaciones por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Cubro temas vinculados a proyectos de inversión público y privada en más de una modalidad y hago seguimiento a diversos sectores económicos.








